En el día de hoy, Martes 06 de Agosto del dos mil trece, siendo las 9:00a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado WILMER J. MALDONADO G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº67.025, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano: PEDRO RAFAEL RAMIREZ DUQUE, titular de la C. I. Nº V-1.797.540; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Carrera 23, esquina calle 12 Barrio Obrero, Parroquia Pedro María Morantes del Estado Táchira a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada en el JUICIO que por COBRO DE BOLÍVARES-INTIMACIÓN Sigue Abg. WILMER J. MALDONADO G. Contra SOCIEDAD MERCANTIL MATIZ RESTAURANTE C.A., representada por su presidente ciudadano: TULIO ABAD MARTINEZ PEREZ, en el expediente Nº8062, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales Pineda Porras Yenifer Yajaira, placa 4749 y Lotero Mendoza Elkin José, placa 4691, ambos adscritos a la brigada de Orden Público (B.O.P) del Estado Táchira. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y acuerda designar como perito avaluador al ciudadano: LEÓN ALFONSO SILVA, titular la C.I.N°V-5.653.667 y como depositario judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V-1.555.677, representante de la depositaria judicial La Seguridad, según consta de documento poder autenticado por ante la Notaria Publica Primera de San Cristóbal, Estado Táchira de fecha 06-03-2007, inserto bajo el N° 61, tomo 52 de los libros de autenticaciones llevadas por esa notaria; quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. En este Estado solicito el derecho de palabra el abogado WILMER J. MALDONADO G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº67.025, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano: PEDRO RAFAEL RAMIREZ DUQUE, y concedido como le fue expuso: “solicito a este honorable Tribunal se suspenda la ejecución de la medida decretada para el día de hoy, y acuerde fijar nueva oportunidad para la practica de la misma. Es todo” El Tribunal visto lo expuesto por la parte ejecutante acuerda suspender la presente ejecución en el día de hoy, y fijar nueva oportunidad en la agenda de medidas llevada por este tribunal a instancia de la parte actora. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 9:55am y regresa a su Sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

EL AGOGADO Y ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN,


ABG. WILMER J. MALDONADO G.

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,

PINEDA PORRAS YENIFER YAJAIRA

LOTERO MENDOZA ELKIN JOSÉ

EL SECRETARIO TEMPORAL,

WILMER ANTONIO COLMENARES SANCHEZ