JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 01 de agosto de 2013.
203º y 154º
Por recibido Oficio Nº 20-F15-0163-2013, de fecha 19 de julio de 2013, constante de un (1) folio útil, junto con anexos constantes de cinco (5) folios útiles, procedente del Ministerio Público Fiscalía Décima Quinta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; donde se encuentra original del acta de la fijación de la Obligación de Manutención de fecha 16/07/2013, suscrita por los ciudadanos: SANDRA PATRICIA CELIS JIMÉNEZ, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 1.127.344.300, profesión u oficios del hogar, domiciliada en el Hato de la Virgen, Sector la Cruz, cerca del Tanque de Hidrosuroeste, Casa S/N, color verde con azul, Parroquia Cipriano Castro, Municipio Libertad, Estado Táchira, teléfono 0424-7256892 y ADALBERTO JESÚS PÁEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.526.259, de profesión u oficio agricultor, domiciliado en el Hato de la Virgen, Sector Agua María, Segunda Calle, Tercera Casa S/N, color blanca con naranja, Parroquia Cipriano Castro Municipio Libertad, Estado Táchira, teléfono 0424-7322839. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor de los niños …, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos SANDRA PATRICIA CELIS JIMÉNEZ y ADALBERTO JESÚS PÁEZ MOLINA, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal XV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2430/2013, se libró boletas de notificación, y se notificó al Fiscal XV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se publicó siendo las 2:00 p.m., del día primero (1) del mes de agosto de dos mil trece (2013), quedando registrada bajo el Nº 183.
Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria
BYVM/sr.
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