JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve de agosto de dos mil trece.
203° y 154°
Recibido por distribución. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho el escrito de PARTICIÓN AMISTOSA, presentado por los ciudadanos JUAN ALBERTO BORRERO VELAZCO, ERICSON LEONARD ESCALONA HERNANDEZ Y ERIKA SOLVEY ESCALONA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.071.561, V-13.146.031 y V-15.502.178, en su orden, respectivamente, en su condición de únicos herederos de la extinta MIRIAM GISELA HERNANDEZ, asistidos por el abogado Carlos Rafael Vegueth Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.969; de conformidad con lo solicitado y por encontrarse a derecho, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos JUAN ALBERTO BORRERO VELAZCO, ERICSON LEONARD ESCALONA HERNANDEZ Y ERIKA SOLVEY ESCALONA HERNANDEZ, antes identificados, en su condición de únicos herederos de la extinta MIRIAM GISELA HERNANDEZ, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir copia certificada, a los fines de su protocolización.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

Andrea Bernal Colmenares
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 7981 del libro respectivo, registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 404
Marilú