REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

San Cristóbal, 1 de Abril de 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-011845
ASUNTO : SP21-P-2012-011845

Vista la solicitud formulada por la ciudadana SANDRA CONSOLACION CASTELLANOS CRUZ, en su condición de madre del acusado ENYERBERT JESUS CASTELLANOS CRUZ, en donde solicita al tribunal que su hijo sea trasladado a otro centro penitenciario en virtud de las constantes amenazas de muerte que recibe en el Centro Penitenciario de Occidente, por parte de algunos miembros que tienen el liderazgo de dicho centro de reclusión.

A tal efecto, este Tribunal revisada el presente asunto, observa que el día de hoy el acusado ha admitido los hechos por los cuales fue acusado por el representante del Ministerio Público, como lo es el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Lilibeth Ortega, siendo necesario notificarle de la publicación del texto íntegro de la sentencia, al décimo día hábil siguiente al día de hoy, a las 10:00 horas de la mañana, por lo que se hace necesario su presencia. En tal sentido, este Tribunal acuerda el cambio de sitio de reclusión para el acusado ENYERBERT JESUS CASTELLANOS CRUZ, para el Centro Penitenciario de Barinas lo cual se va a materializar el día 15 de Abril del 2013, fecha en la que se le va a notificar al acusado de la publicación de la sentencia.
Asimismo, por cuanto el hecho denunciado por la madre del acusado, constituye presuntamente la comisión de un delito, de conformidad con el artículo 269 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal ordena remitir a la Fiscalía Superior del Ministerio Público copia certificada del escrito presentado por la ciudadana SANDRA CONSOLACION CASTELLANOS CRUZ, para fines legales consiguientes. Se ordena Se ordena enviar oficio al director del Centro Penitenciario de Occidente, solicitándole se sirva garantizar el derecho a la integridad física y el derecho a vida del ciudadano ENYERBERT JESUS CASTELLANOS CRUZ. Y así se decide.

En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:

PRIMERO: Se ACUERDA lo solicitado por la ciudadana SANDRA CONSOLACION CASTELLANOS CRUZ, y se ordena el traslado del acusado ENYERBERT JESUS CASTELLANOS CRUZ para el Centro Penitenciario de Barinas, traslado que será efectivo el día 15/04/2013, UNA VEZ QUE SEA NOTIFICADO DE LA PUBLICACION DEL TEXTO INTEGRO DE LA SENTENCIA.
SEGUNDO: Se ordena enviar oficio al director del Centro Penitenciario de Occidente, solicitándole se sirva garantizar el derecho a la integridad física y el derecho a vida del ciudadano ENYERBERT JESUS CASTELLANOS CRUZ.
TERCERO: De conformidad con el artículo 269 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal ordena remitir a la Fiscalía Superior del Ministerio Público copia certificada del escrito presentado por la ciudadana SANDRA CONSOLACION CASTELLANOS CRUZ, para fines legales consiguientes. Notifíquese a las partes.




ABG. LUZ DARY MORENO ACOSTA
JUEZA CUARTA DE JUICIO




ABG. MARIA DEL VALLE TORRES
SECRETARIA