En el día de hoy, Martes veintitrés de abril de dos mil trece, siendo las 9:00a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio MIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ PEÑALVER, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.575, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana: JOSEFINA INES ZAPATA MALDONADO, titular de la C.I. N° V-3.065.300, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble constituido por un Local Comercial destinado para Restaurante, ubicado en la carrera 18 entre Pasaje Acueducto y calle 10 casa Nº10-54, Barrio, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE (Local Comercial) decretada en el JUICIO que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL SIGUE JOSEFINA INES ZAPATA MALDONADO CONTRA CARLOS ANTONIO LONDOÑO DUQUE, en el expediente Nº 6811 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y para lo cual efectúa los toques a las puertas del presente inmueble sin ser atendido por persona alguna. Seguidamente el tribunal cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “solicito muy respetuosamente a este tribunal se acuerde designar un practico cerrajero, a los fines de que se proceda en este acto a la apertura del mismo, es todo”. En este estado el Tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda designar como practico cerrajero al ciudadano JOSÉ ARGENIS ARRIETO SOLANO, titular de la C.I. N°V-23.915.620, quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de ley ante la Jueza, de inmediato procedió a la apertura del inmueble, hecho lo cual el Tribunal se constituyó dentro del mismo, observando que el inmueble se encuentra totalmente desocupado, y en mal estado de conservación e higiene. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas hace entrega formal del presente inmueble a la abogada en ejercicio MIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ PEÑALVER, ya identificada, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme libre de personas y cosas y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 10:30 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. MIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ PEÑALVER
EL CERRAJERO
JOSÉ ARGENIS ARRIETO SOLANO
EL SECRETARIO TEMPORAL,
WILMER ANTONIO COLMENARES SÁNCHEZ
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