REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 1.400 – 13 – 1650

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Ana Otilia Camargo Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.892.545, actuando con el carácter madre de: RICHELMER JESÚS y KRISBEY SUGEY LÓPEZ CAMARGO.

DIRECCIÓN: Calle 2, carrera 1 y 2, parcela 53 – D, urbanización Villa Paraíso, Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Juan Richard López Camacho, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.230.070, con el carácter de padre de: RICHELMER JESÚS y KRISBEY SUGEY LÓPEZ CAMARGO.

DIRECCIÓN: Calle 2, carrera 1 y 2, parcela 53 – D, urbanización Villa Paraíso, Naranjales; trabaja en la vía principal, diagonal a la línea El Piñal, en un kiosko, denominado “reparación de calzado Richard”, El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

Causa Número: 1.400 – 11

Fecha de Entrada: 01 de agosto del 2011

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 12 de agosto del 2011, se homologó convenio por fijación de la obligación de manutención suscrito por los ciudadanos ANA OTILIA CAMARGO PÉREZ, y JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO.
En fecha de 28 de febrero del 2013, mediante diligencia la ciudadana ANA OTILIA CAMARGO PÉREZ, solicita se cite al obligado JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO para un acto conciliatorio.
En fecha 05 de marzo del 2013, se acordó la citación del obbligado JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO.
En fecha 15 de marzo del 2013, mediante diligencia el alguacil informa haber practicado la notificación de JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO.
En fecha 20 de marzo del 2013, mediante diligencia consigna el Alguacil del Tribunal Boleta de citación librada y practicada al obligado JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO.
En fecha 25 de marzo del 2013, se declaro desierto el acto conciliatorio.
En fecha 02 de abril del 2013, mediante diligencia el obligado JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO, en la cual ofrece aumento de la obligación de manutención.
En fecha 02 de abril del 2013, mediante diligencia la ciudadana: ANA OTILIA CAMARGO PÉREZ expuso: “Acepto el monto ofrecido por el ciudadano JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO…”
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 02 de abril del 2013, mediante diligencia el obligado JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO, ofrece aumento de la obligación de manutención, y en la misma fecha la ciudadana: ANA OTILIA CAMARGO PÉREZ, mediente diligencia aceptó el monto ofrecido por el ciudadano JUAN RICHARD LÓPEZ CAMACHO…”, conviniendo de esta manera en el aumento del monto por obligación de manutención, para RICHELMER JESÚS y KRISBEY SUGEY LÓPEZ CAMARGO, forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto el convenio entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los ocho días del mes abril de dos mil trece. Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza


Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
El Secretario


Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez