REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 3532-10

ACTO CONCILIATORIO POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: BELKYS XIOMARA SALCEDO DE HERNANDEZ.

DEMANDADO: JOSE RAFAEL HERNANDEZ.


En el día de hoy, nueve (09) de abril de 2013, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos BELKYS XIOMARA SALCEDO DE HERNANDEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.468.352 y JOSE RAFAEL HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.465.097, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por aumento de obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSE RAFAEL HERNANDEZ, quien manifestó: “Ofrezco aumentar la obligación de manutención a la cantidad de un mil quinientos bolívares (Bs. 1500°°), ósea aumentar quinientos bolívares (Bs. 500°°) y en cuanto a las cuotas de los meses de septiembre la cantidad de dos mil quinientos bolívares (Bs. 2500°°) y la cuota del mes de diciembre la cantidad de tres mil bolívares (Bs. 3000°°).”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana BELKYS XIOMARA SALCEDO DE HERNANDEZ, quien manifestó: “Que estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestros hijos.”. Es todo. En este estado el Tribunal les informa que los gastos correspondientes a medicina y medico, deben ser costeados por ambos progenitores, es decir el 50% cada uno. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de abril de 2013. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JOSE RAFAEL HERNANDEZ _____________________

BELKYS XIOMARA SALCEDO DE HERNANDEZ _____________
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ