REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 4783-13

ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION

OFERENTE: JAROTZKY KARVEY LOPEZ RODRIGUEZ.

OFERIDA: ANNY STEFANIA RESTREPO SUAREZ.

En el día de hoy, once (11) de abril de 2013, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos JAROTZKY KARVEY LOPEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.906.216 y ANNY STEFANIA RESTREPO SUAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.861.837, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano: JAROTZKY KARVEY LOPEZ RODRIGUEZ, quien manifestó: “ modifico el ofrecimiento a la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) mensuales y cuotas extras para el mes de agosto por MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00), en cuanto a la cuota del mes de Diciembre ofrezco asumir todos los gastos en su totalidad tanto de ropa calzado, Juguete, adicionales me comprometo a gestionar todos los beneficios que otorga por contratación colectiva por ante la Empresa Metro de Caracas, lo cual me comprometo a depositárselos en su totalidad a la cuenta de ahorros de la madre tal como lo he venido realizando, al igual que mi hijo seguirá disfrutando del beneficio del Seguro HCM CONVIDA, el cual le cubre eventualidades, medicina. En caso de no cubrir los gastos médicos asumo el cincuenta por ciento (50%) de cualquier otros gastos.”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: ANNY STEFANIA RESTREPO SUAREZ, quien manifestó: “acepto todo lo ofrecido por el padre de mi hijo, estoy de acuerdo tanto con la mensualidad, y las cuotas extras de Agosto y Diciembre; así mismo acepto que el nuestro hijo disfrute de sus vacaciones y días festivos durante el año y en diciembre por partes iguales entre el padre y yo que sea por tiempos iguales y que se trataran en la oportunidad que se presenten en acuerdo mutuo, igualmente acepto que se mantenga el depósitos directo en mi cuenta bancaria tal como lo ha venido realizando y con puntualidad.”. Es todo. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de abril de 2013. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
ANNY STEFANIA RESTREPO SUAREZ _______________________

JAROTZKY KARVEY LOPEZ RODRIGUEZ ______________________

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ