REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA SAN CRISTOBAL, 12 de abril de 2013.
202º y 154º

Visto el informe de partición consignado en fecha 30 de julio de 2012 (fl.50-74), visto igualmente el complemento a dicho informe de partición consignado en fecha 19 de febrero de 2013 (fl.94), solicitado por este Juzgado por auto de fecha 30 de enero de 2013 (fl.82) y constando de las actas que las partes integrantes del presente proceso manifestaron su formal conocimiento a la información complementaria de la partidora, según se desprende de la diligencia suscrita por el apoderado actor de fecha 21 de febrero de 2013 (fl.95) y la diligencia suscrita por la demandada en fecha 01 de marzo de 2013(fl.96), este Tribunal a tenor de lo establecido por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

“…Presentada la partición al Tribunal se procederá a la revisión por los interesados en el término de los diez (10) días siguientes a su presentación. Si estos no formulare objeción alguna, la partición quedará concluida y así lo declarará el Tribunal…”

Y previa verificación de los días de despacho el término establecido por el artículo anteriormente transcrito se encuentra totalmente vencido sin que conste en autos formulación de objeción alguna, en consecuencia, es procedente conforme a la norma DECLARAR CONCLUIDA LA PARTICION e improcedente por anticipado la expedición del Primer Cartel de Subasta Pública solicitado por el apoderado actor. . Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal.Josué Manuel Contreras Zambrano (Fdo) El Juez.- Jocelynn Granados Serrano (Fdo) La Secretaria.- JMCZ/ebs

El(a) suscrito (a) Secretario (a) del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA la exactitud de la copia anterior, la cual fue tomada del Expediente N° 21270 relacionado con LA PARTICION DE HERENCIA interpuesta por RIVAS GARCIA LUIS ENRIQUE contra RIVAS GARCIA ROSA ALBA, fecha de entrada: 02 de diciembre de 2011