San Antonio del Táchira, 3 de Septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-000888
ASUNTO : SP11-P-2011-000888
AUTO DE VERIFICACIÓN DE REGIMEN DE PRUEBA DE LA
SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO

INDENTIFICACION DE LAS PARTES

 FISCAL: Abogado CARLOS ZAMBRANO,
Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público.

 IMPUTADO: CARLOS ANDRES CARDONA GOMEZ.

 DELITO: USURPACIÓN DE IDENTIDAD.

 DEFENSA: Abogado WILLIAM JOSÉ RIVERA C.,
Defensa Privada.

Vista la audiencia Preliminar de fecha 19 de Julio de 2011, donde el imputado CARLOS ANDRES CARDONA GOMEZ, ya identificado, admite los hechos y se DECRETA la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, con un régimen de prueba de UN (01) AÑO, este Tribunal para decidir observa:
El artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, estable lo siguiente:
“Efectos. Finalizado el plazo o régimen de prueba, el Juez convocara a una audiencia, notificando de la realización de la misma al Ministerio Publico, al imputado y a la victima, y, luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, decretará el sobreseimiento de la causa”.

En virtud de las consideraciones anteriores y revisadas las actuaciones y visto lo manifestado por las partes en la Audiencia de Verificación, este Tribunal, concluye que el ciudadano CARLOS ANDRES CARDONA GOMEZ, ya identificado, ha cumplido con las condiciones impuestas por este Juzgado en fecha 19 de Julio de 2011, es decir, con las condiciones de: 1.-Presentarse una vez cada CIENTO OCHENTA Y DOS (182), DIAS cada seis meses, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, 2.-Prohibición de cometer nuevos hechos delictivos. 3.- Presentar Constancia de trabajo. 4.- Prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Tribunal, por lo que estima este Juzgador que lo procedente es decretar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 7º y 318 numeral 3º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse verificado el total y cabal cumplimiento de las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 Ejusdem. Y así se decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano CARLOS ANDRES CARDONA GOMEZ, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C. 88.224.350, nacido en fecha 26-03-1977, de 34 años de edad, de profesión u oficio Vendedor, hijo de Luz Estela Cardona, residenciado en Barrio San José, Avenida 31, casa 31-B71 Maracaibo Estado Zulia , por la comisión del delito de USURPACIÓN DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y déjese copia de la decisión para el archivo del Tribunal, vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial.



ABG. REINALDO JOSÉ CHACÓN PACHECO
JUEZ DE CONTROL N° 2




ABG. JANICE ABREU DE LOPEZ
SECRETARIA



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado



Causa N° SP11-P2011-888.-
**®/*.-