JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 27 de septiembre de 2012.

202º y 153º

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana DULCE ROSMIRA MEDINA VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.-15.774.945, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento y solicita se archive el expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la prenombrada ciudadana de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación de Manutención). Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria Temporal,

ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA CHACÓN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las _____________, quedó registrada bajo el N° _________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación al Fiscal XV del Ministerio Público.

Abg. Lidia C. Mendoza Ch. /Secretaria Temp.

Exp. Nº 2251/2012
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Va sin enmienda