JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 18 de septiembre de 2012.
202° y 153º

Visto el ofrecimiento realizado por el ciudadano GERARDO ALFONSO VERA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.252.031, que corre inserto al folio 40, y su aceptación por parte de la ciudadana CLAUDIA ALEJANDRA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.975.920, que corre inserto al folio 41, a favor de la niña (Se omite el nombre por disposición de la Ley), en el presente Expediente signado con el N° 2349-2009 por Aumento de Obligación de Manutención; y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

El Secretario Accidental,

Jhony Alexander Colmenares Sánchez

En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializado Para la Protección del Niño.


El Srio. Acc.,






Exp. 2349-2009
PAGP/jacs