JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiuno (21) de septiembre de dos mil doce.

AÑOS: 202° y 153°

Visto el desistimiento presentado por los solicitantes, ciudadanos CARLOS ALFONSO CONTRERAS DAZA y ELIDE ADRIANA ZAMBRANO LABRADOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.253.556 y N° V-13.973.567, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado GUIDO JOSE GONZALEZ GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 97.421, donde alegan su reconciliación, esta operadora de justicia al verificar que no es contrario a derecho el acto realizado por los solicitantes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.




Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “3501” en el “Libro de Registro de Sentencias”.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario



DarcyS.
Expediente N° 7.712-11.