REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Juzgado de Juicio

San Cristóbal, 22 de OCTUBRE de 2012
202° y 153°

EXPEDIENTE No. 61.536
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DEMANDANTE: PABLO JOSE BARBOSA CEDEÑO
DEMANDADA: NINCER DEL SOCORRO GOMEZ
BENEFICIARIO: SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECION DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

En fecha 06 de marzo de 2009, el ciudadano PABLO JOSE BARBOSA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.929.023, asistida por la Defensora Pública de Protección, la abogada AYEZA A. SANCHEZ SOSA, presentó demanda de CUSTODIA, en beneficio de la niña: SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECION DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, en contra de la ciudadana: NINCER DEL SOCORRO GOMEZ. Anexó: copia de la cédula de identidad del solicitante; copia certificada de la partida de nacimiento de la niña. (F- 01 al 05)
En fecha 17 de marzo de 2009, el extinto Juzgado Unipersonal N° 2° de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, admite la demanda y ordena citar a la demandada y notificar al Fiscal del Ministerio Público; se libró comisión al Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello del Estado Táchira (f. 06 al 10).
En fecha 01 de abril del 2009, el ciudadano PABLO BARBOZO, consigna diligencia en un folio útil, y en fecha 02 de abril del 2009. (F- 11 y 12)
En fecha 07 de abril del 2009, se dictó auto mediante la cual se acordó librar memorando al equipo multidisciplinario. (F- 13 y 14)
En fecha 22 de abril del 2009, consto en autos la boleta del Fiscal del Ministerio Publico debidamente firmada por el Fiscal XIV (vuelto del Folio 15)
En fecha 22 de abril del 2009, el extinto Juzgado Unipersonal N°2 del Tribunal de Protección del Niños, Niñas y adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, dictó sentencia interlocutoria fijando un Régimen de Convivencia Familiar provisional (F-16 y 17 ).
En fecha 12 de mayo del 2009, se presento la ciudadana NINCER GOMEZ, se presentó ante la jueza y rindió declaración a la causa, consignó actas de medidas de protección y seguridad (F-18 al 29)
En fecha 12 de mayo del 2009, AYENZA SANCHEZ SOSA, solicitó se fije audiencia conciliatoria entre las partes (F-30)
En fecha 15 de mayo del 2009, se libró constancia donde y en fecha 15 de mayo del 2009 se ordenó la practica de un informe integral (F-31 al 33)
En fecha 20 de mayo del 2009, el ciudadano PABLO BARZOSA, consignó informe (F-36 al 62)
En fecha 25 de mayo del 2009, se hicieron presentes los ciudadanos PABLO BARZOSA y NINCER DEL SOCORRO GOMEZ, quienes sostuvieron entrevista con la ciudadana (F-65)
En fecha 25, 27 de mayo y 03, 04, 09 de junio del 2009, el ciudadano PABLO BARZOSA consignó diligencia y anexo facturas de gastos (F-66 al 138)
En fecha 10, 15,16, 17 de junio del 2009, el ciudadano PABLO BARZOSA consignó diligencia y anexo facturas de gastos (F-139 al 144)
En fecha 25 de junio del 2009, se dictó auto mediante la cual se acordó oír la apelación en un solo efecto; y en fecha 06 de julio del 2009, se dictó sentencia interlocutoria donde se ordeno suspender el Régimen de Convivencia Familiar (F- 145 al 152)
En fecha 21, 27, 30 de julio del 2009, el ciudadano PABLO BARZOSA consignó diligencia (F-153 al 157)
En fecha 01 de Octubre del 2009, se recibió oficio N° 333 de fecha 30 de Septiembre del 2009, procedente del Juzgado Superior 3° Civil, Mercantil, del Transito del Estado Táchira, remitiendo las resultas de la apelación declarando sin lugar la apelación, se confirmo el auto de fecha 15 de junio del 2009 (F-160 al 327)
En fecha 14 de Octubre del 2009, se recibió constante de ocho folios útiles informe integral. (F-329 al 337)
En fecha 21 de Octubre del 2009, se dictó auto mediante la cual se acordó realizar orientación psicológica y psiquiátrico estado salud mental y una vez que conste en autos las indicaciones recomendaciones médicas conducentes, se procederá a establecer un régimen (F-338 y 339)
En mérito de lo anterior y habiendo sido cumplido todos los actos del proceso, y visto que el ciudadano: PABLO JOSE BARBOZA CEDEÑO, no ha dado cumplimiento a lo requerido en auto de fecha 21 de octubre del 2009, debido que el mismo presenta Rasgo Esquisoide y de no recibir tratamiento sería impertinente para el desarrollo integral de la niña, acordado tratamiento psiquiátrico y no existiendo interés en cumplir con lo ordenado por esta Juzgadora y visto la falta de interés procesal en la presente causa por parte del demandante en autos, quien al no someterse durante el lapso de tres años a tratamiento Médico perdió el interés jurídico real en su petición. En mérito de las anteriores consideraciones, es por lo que está Juez 1° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECLARA SIN LUGAR la demanda de Régimen de Convivencia familiar presentada por el ciudadano: PABLO JOSE BARBOSA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.929.023, en contra de la ciudadana: NINCER DEL SOCORRO GOMEZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-14.265.466. En consecuencia se ordena el archivo del expediente.
Publíquese y déjese copia para el archivo de la sala.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintidós (22) días del mes de Octubre del (2.012).

ABG. GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
JUEZA N° 1° DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO

ABG. CARLOS LOPEZ
Secretario (T)
En la misma fecha, siendo las (10: 00 a.m.), se dictó la anterior decisión y se dejó copia fotostática certificada de la misma para el archivo del Tribunal
Exp. Nro. 61.536
nerza





























EXPEDIENTE: 61.536

MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

DEMANDANTE: PABLO J. BARBOZA

DEMANDADA: NINCER DEL S. GOMEZ C.

BENEFICIARIO: FRANCYS P. BARBOZA GOMEZ

FECHA: 22 de OCTUBRE de 2012.


Sentencia Nro. .-


Abg. GLADYS JAZMIN RIVAS PARADAS
Jueza N° 1° de Primera Instancia
De Juicio

DEFINITIVA
“CON LUGAR”

EL SUSCRITO SECRETARIO DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE LA NIÑAY DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO TÁCHIRA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA ANTERIOR COPIA POR SER FIEL TRASLADO DE SU ORIGINAL INSERTO EN EL EXPEDIENTE Nro. 61.536, SAN CRISTÓBAL, 22 DE OCTUBRE DEL 2012.

ABG. CARLOS LOPEZ
Secretario