REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 202° y 153°

ASUNTO Nº SP01-L-2012-000426

PARTE DEMANDANTE: MIGUEL ANGEL GUEDEZ MARQUEZ, identificado con la cédula Nro.V-16.634.661

APODERADO JUDICIAL: CARLOS HUMBERTO PEREZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.25760

PARTE DEMANDADA: CYS QUIMICA C.A.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JAVIER ANTONIO ROSARIO GOMEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.48.905

MOTIVO: INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL

En el día de hoy, 26 de octubre de 2012, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar se hizo presente la parte actora ciudadano MIGUEL ANGEL GUEDEZ MARQUEZ, identificado con la cédula Nro.V-16.634.661, asistido por el abogado CARLOS HUMBERTO PEREZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.25760 y por la parte demandada se hizo presente el apoderado judicial abogado JAVIER ANTONIO ROSARIO GOMEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.48.905, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada después de analizar las pruebas promovidas por ambas partes considera que no hay hecho ilícito y por tanto determina que el único concepto indemnizable es el daño moral y por tal razón ofrece el monto único de TRENTA MIL BOLIVARES (BS.30.000), pagaderos el día 2 de noviembre de 2012, a las 9:00 de la mañana ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Laboral. Por su lado la parte actora manifiesta estar acorde al planteamiento ofrecido y por tal motivo lo acepta y declara que una vez cumplida la obligación aquí contraída no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. Ana Mercedes Mora R.

La Parte Actora, Parte Demandada,


El Secretario,