REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
202° y 153
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2012-000594
PARTE ACTORA: LEONORA CHIA DE GÓMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUZ MAYERLIN CASTIBLANCO
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL “CENTRO CLÍNICO EL DIVINO NIÑO HOSPITAL PRIVADO C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO TIENE COSNTITUIDO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES

En el día hábil de hoy, lunes quince (15) de octubre de dos mil doce, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia la incomparecencia de la parte actora LEONORA CHIA DE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula nro. V-9.137.138. En este estado el Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana MARÍA EVA OLIGINO CASTRO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula nº. V-5.326.481, en su condición de Presidente de la demandada, Sociedad Mercantil CENTRO CLÍNICO EL DIVINO NIÑO HOSPITAL PRIVADO C.A. inscrito en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el nro. 67, Tomo 5-A, de fecha 19 de agosto de 1994, con domicilio en carrera 19 nº 2-20, Urbanización Antonio José de Sucre de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira, asistida del profesional del derecho, LUIS EDUARDO MEDINA GALLANTI, titular de la cédula de identidad No V- 12.630.587, inscrito en el inpreabogado bajo el No 75.666. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ El Secretario,



PARTE ACCIONADA



ABOGADO ASISTENTE