REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 1.674 – 12 – 1.541



CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Yenny Xiomara Ramírez Carrero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.783.182, actuando con el carácter de madre de la adolescente: ELIN DANIELA MORENPO RAMÍREZ.

DIRECCIÓN: Calle 3, carrera 1, casa sin numero, diagonal a la Casa de la Cultura, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: Jorge Eliecer Moreno Escudero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.688.119, con el carácter de padre de la adolescente: ELIN DANIELA MORENPO RAMÍREZ.

DIRECCIÓN: Barrio Buenos Aires, carrera 9 entre 6 y 7, casa sin numero, a una cuadra del Taller de Nieto, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.

MOTIVO: Desistimiento de la Obligación de Manutención

Causa Número: 1674 – 12

Fecha de Entrada: 22 de octubre de 2012





CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

Se inicio el presente procedimiento, en fecha 19 de octubre de 2012, mediante la anterior Acta de Fijación de la Obligación de Manutención presentada en este Tribunal por la ciudadana: YENNY XIOMARA RAMÍREZ CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.783.182, parte demandante, residenciada en la Calle 3, carrera 1, casa sin numero, diagonal a la Casa de la Cultura, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira, a favor de la adolescente: ELIN DANIELA MORENPO RAMÍREZ.
En fecha 23 de octubre de 2012, se admitió y se le dio entrada de la solicitud de Fijación de manutención, se ordenó la citación del ciudadano JORGE ELIECER MORENO ESCUDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 22.688.119, residenciado en el Barrio Buenos Aires, carrera 9 entre 6 y 7, casa sin numero, a una cuadra del Taller de Nieto, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira, para que comparezca por ante este Tribunal por si o por medio de apoderado al tercer (3er) día de despacho, a las once y treinta (11:30) de la mañana, para el acto conciliatorio de fijación de la obligación de manutención a favor de la adolescente: ELIN DANIELA MORENPO RAMÍREZ y en la demanda incoada por la ciudadana demandante.
En fecha 23 de Octubre de 2012, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente, Civil y Familia del Estado Táchira participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 23 de Octubre de 2012, se libró oficio al Director de Recursos Humanos del Instituto del Deporte del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de solicitar información del salario devengado por el obligado ya identificado y de esta manera determinar la capacidad económica del mismo.
En fecha 24 de octubre de 2012, compareció ante este Tribunal, la ciudadana: YENNY XIOMARA RAMÍREZ CARRERO, con el carácter de demandante, quien manifestó desistir con la demanda por obligación de manutención y solicita el desglose del expediente y se deje copia certificada del mismo.
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
El desistimiento de la acción como del procedimiento, no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte homologación a la diligencia de fecha 24 de octubre de 2012, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 de Código de Procedimiento Civil.
Se acuerda el desglose del expediente, dejando copia certificada del mismo en el archivo del Tribunal, para su posterior remisión al Archivo Judicial.
Se acuerda librar oficio al Director de Recursos Humanos del Instituto del Deporte del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de dejar sin efecto el oficio N° 5820-1663.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintiséis días del mes octubre de dos mil doce. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes

Secretario

Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez