REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

202° y 153°


SOLICITANTE: BELKYS CENOBIA SILVA CORREA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.959.775, domiciliada en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, asistido del abogado JOSÉ ASDRÚBAL PATIÑO CÁCERES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.901.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

SOLICITUD: 10117-12

Vista la solicitud presentada por BELKYS CENOBIA SILVA CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.959.775, domiciliada en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, asistido del abogado JOSÉ ASDRÚBAL PATIÑO CÁCERES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.901, en la cual solicita se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en una casa para habitación, ubicada en Eel Barrio La Ovejera parte alta, sector denominado El Nogal Parroquia Bramón en Rubio Municipio Junín del Estado Táchira, constante de dos Habitaciones, una sala de recibo, un comedor , una cocina, una sala de Baño, piso de terracota, un lavadero, un porche, todo en Machinbre, paredes de bloque, con sus correspondientes instalaciones eléctricas, aguas blancas y negras, construida en un lote de terreno del Instituto baldío del INTI, con un área de CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (198 MTS), CUYOS LINDEROS SON LOS SIGUIENTES: Norte: mide con la calle 2 del Nogal en la medida de 11 metros. SUR: mide 11 metros con predios de José Arfilio Ramones. Este: mide 18 metros con predios de NELSON JOSÉ GAFADO LEAL Oeste: En 18 Metros con predios de Martha Catalina Lacruz Rodriguez
En fecha 19 de Agosto de 2012, se admitió la solicitud, se acordó oír las testimóniales una vez presentadas al Tribunal.
En fecha 19 de Octubre de 2012, se presentaron los ciudadanos HENRY JOSUÉ LACRUZ Y MARTHA CATALINA LACRUZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 14.984.757 y V- 9.189.170, a los fines de rendir declaración en la presente solicitud.
En este orden de ideas el Tribunal entra a examinar los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos HENRY JOSUÉ LACRUZ Y MARTHA CATALINA LACRUZ RODRÍGUEZ, ya identificados, todos domiciliados en el Municipio Junín del Estado Táchira. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo preceptuado en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas, a la ciudadana BELKYS CENOBIA SILVA CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.959.775.
A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales al solicitante.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Rubio, a los (19) días del Octubre del el año dos mil Doce. Años 202° de la independencia y 153° de la Federación.



Abg. Ana Ramona Acuña
Juez Provisoria
Abg. Julio Cesar Colmenares González
Secretario Titular


En la misma fecha y previa las formalidades legales, se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las 11:00 A. m.

El Srio.,

Sol. 10117
ARA/Carlos