JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintidós (22) de octubre de dos mil doce (2.012).
202° y 153°
En el presente juicio N° 7716, instaurado por el ciudadano RAMON ALEXI GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V – 5.655.500, asistido por el abogado en ejercicio Antonio Rincón, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 97.653, y visto el convenimiento de fecha 30 de abril de 2012, suscrito por las partes, mediante el cual las partes acordaron que el demandando cancelaría la cantidad de DIECISEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 16.500,oo) en la siguiente forma: 1) para el 30 de mayo de 2012, la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5000,oo), 2) Para el 30 de junio de 2012, la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5000,oo) 3) Para el 30 de julio de 2012, la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.500,oo), solicitando que se homologue el mismo.-
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGCION, al convenimiento realizado por las partes en fecha 30 de abril de 2012, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez Temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se dejó copia bajo el N° _____.
Irene O.-
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