JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta y uno (31) de octubre de dos mil doce.

AÑOS: 202 y 153°
Vista la diligencia de fecha treinta (30) de octubre del año en curso, suscrita por la parte demandada, ciudadano CIRO ALFONSO PEREZ ROMAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.304.975, presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL PARTY RITCI C.A., C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, bajo el N° 12, tomo 27-A, de fecha 01/12/2006; asistido por el abogado en ejercicio CARLOS PEREZ ROA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.092.265, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.760; donde se da por citado en el presente procedimiento en el Reconocimiento del instrumento privado, así mismo Reconoce el Contenido y Firma del Documento, de fecha 02 de mayo de 2012; que riela en los folios cuatro (04), cinco (05) y seis (06); observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho y por cuánto el mismo equivale a un Convenimiento de la demanda, en razón de lo cual, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.


Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal



Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 3.565, siendo las once y cero minutos de la mañana (11:00 a.m.). se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario







Expediente N° 13.489-12.
Heidy.