JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once (11) de octubre de dos mil doce.

AÑOS: 202° y 153°

Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha 10 de octubre del año en curso, entre el ciudadano OMAR ORLANDO CALDERON ROVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.794.210, de este domicilio, asistido por la abogado en ejercicio OFELIA SCROCHI DE CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.211.481, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.041, de este domicilio; y el codemandado ciudadano ANTONIO JOSE CONTRERAS VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.622.423, asistido por la abogado en ejercicio MIRIAN TERESA LARGO PORRAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.611.441, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.413; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, por lo que respecta al codemandado ciudadano ANTONIO JOSE CONTRERAS VILLAMIZAR, ya identificado; acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.




Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 3.531, siendo las diez y cero minutos de la mañana (10:00 a.m.), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario




Expediente N° 13.502-12.
Heidy