REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, lunes 22 de octubre del 2012
202º y 153º
Asunto: SP01-L-2011-000379
ACTA DE HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO
En el día de hoy, lunes 22 de octubre del 2012, el Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante, ciudadano Félix Javier Gómez Silva, identificado con la cédula n.° V.-17.496.610, acompañado de su apoderado judicial abogado Eduardo Josué Chávez Chaparro, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el n.° 97.433 y el ciudadano Sady Rincón Laguado, identificado con la cédula n.° V.-4.628.368 representante legal de la sociedad mercantil Serenos Táchira C. A. (SERTACA), acompañado del abogado Johnny Manuel Medina Bozic, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el n.° 149.441; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo para ponerle fin a la presente controversia, por un monto total de CUATRO MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 4.300,00), por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales demandados, que se pagarán el día martes 23 de octubre del 2012 a las 2:30 p. m., por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito. Asimismo se deja expresa constancia que el trabajador ya había recibido la cantidad de Bs. 527,75 por concepto de utilidades; la cantidad de Bs. 1.797,39 y Bs. 1.114,09, por concepto de vacaciones, para un total de Bs. 3.439,23, que ya le fueron cancelados, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del demandante, por los conceptos reclamados con motivo de la relación laboral que lo unió con el demandado en autos. Propuesta que fue aceptada por el Trabajador, quien además manifestó voluntariamente y libre de cualquier coacción de que sí recibió las cantidades señaladas por los conceptos indicados y que acepta el ofrecimiento del monto indicado. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, lo HOMOLOGA, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordenará la remisión del expediente al Juzgado Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución, una vez transcurrido el lapso para apelar del contenido de la presente acta.
El juez

Abg. Miguel Ángel Colmenares Chacón

Apoderado judicial de la parte demandante Representante legal de la demandada

Apoderada judicial de la demandada Trabajador
La secretaria