REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del estado Táchira

San Cristóbal, 26 de noviembre de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2012-004006
ASUNTO : SP21-S-2012-004006

EXAMEN Y REVISION DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

JUEZA: ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
FISCALIA: DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO
DELITOS: VIOLENCIA SEXUAL, VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, Y AMENAZA AGRAVADA
AGRESOR: BARILLAS RINCON JOSE RODRIGO
DEFENSOR: JEAN FERNANDO SANCHEZ
DEFENSOR PRIVADO
SECRETARIA: ABG. LUZ MARINA RAMIREZ ORTIZ

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Procede el Tribunal a resolver sobre la solicitud formulada por la Defensa del agresor BARILLAS RINCON JOSE RODRIGO, abogado Jean Fernando Sánchez, Defensor Privado mediante la cual solicita al Tribunal a revisar la Medida respecto de la obligación de presentarse una vez cada ocho (8) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, impuesta en fecha 23 de julio de 2012.

RELACIÓN DE LOS HECHOS

Al folio tres (3) consta acta Policial suscrita por Funcionarios adscritos a adscritos a la Policía del estado Táchira, Estación Policial San Josecito en la que se deja constancia de lo siguiente: Siendo las 10:20 horas de la mañana , encontrándose Funcionarios Policiales de servicio, donde se hizo presente una ciudadana PILAR CHACON quien manifestó que había sido agredida física y verbalmente por su concubino RODRIGO BARILLAS informó que el presunto agresor se encontraba en el sector de uno en el puesto de la Guardia Nacional de San Josecito, Municipio Torbes, de inmediato se trasladaron al sitio con la víctima , al llegar al sitio señaló como presunto agresor; manifestándole el motivo de su presencia procediendo a su intervención policial quien quedó identificado como BARILLAS RINCON RODRIGO JOSE quien quedó detenido.-


Al folio cuatro (4) consta Denuncia interpuesta ante Funcionarios adscritos a la Policía del estado Táchira, Estación Policial San Josecito, por la ciudadana PILAR CAROLINA CHACON CARRERO de fecha 22 de julio de 2012, quien entre otras cosas manifestó lo siguiente: “yo vengo a denunciar a mi concubino RODRIGO BARILLAS, yo estaba en la ciudad de Barquisimeto alojada en la casa de una amiga, recibí una llamada del señor Rodrigo Barillas al teléfono movilnet número 0426 – 9267033, y el día sábado 14-07-2012 y posteriormente recibí mensajes de un 0414 – 7923198, donde me decía que me iba ayudar para que no siguiera pasando trabajo con hijos porque durante meses no me había depositado para los niños y yo estaba luchando sola, me depositó mil doscientos bolívares fuertes y me decía que ya el me tenía ubicada y que si no me venía para San Cristóbal y hacer un acuerdo con el me iba a llegar o me iba a mandar a sicariar con el dinero que me depositó, me vine en la línea Expresos Los Llanos, el siguiente día para que me entregara las llaves de una casa que tiene en Mérida de Margarita que el tiene en su poder y me dejara vivir sola con mis hijos, pero el me salió con otro cuento que tenía las llaves en otro sitio y que tenía que esperarme otros días más en la casa de su señora madre para el poderme conseguir su dinero y entregarme las llaves mientras el se quedaba en otro sitio, accedí a quedarme en esa casa porque el me iba a dejar sola con los niños y porque yo no tengo dinero ni un sitio cómodo donde pueda quedarme, el ciudadano me dejó en la casa número 14- 73 calle 6 de La Guacara propiedad de la señora Lucila Barillas quien no se encontraba allí y el me dijo que ella estaba en la casa que nosotros tenemos en Margarita, se marchó a trabajar y que se iba a quedar donde un primo y yo iba a esperar el día jueves para que me entregara las llaves, en horas de la noche el señor regresó a la casa con cuento de amor, tratando de reconquistarme para que nos casáramos y arregláramos la vida de una forma sana, pero yo me negué y le dije que no y entonces le dije que me pagara un taxi para irme para donde mi familia en San Josecito, el me dijo que como era muy tarde esperara el día siguiente y me llevaba para Mérida, resultó que no fue así , me obligó a tener relaciones sexuales esa noche y me decía que si yo tenía un amante me iba a matar, yo grité para que los vecinos me ayudaran y llamaran la policía porque yo no tenía teléfono en ese momento y nadie me auxilió y tuve que calmarme para poderme escaparme. Al día siguiente me agarró a golpes con la mano abierta por la cabeza y me forcejeó y con el filo de la pared me dio un golpe en la columna, forcejeando con el me pegué por diferentes partes del cuerpo delante de todos mis niños menores de edad, salió, se fue y me dejó con candado, como a los cinco minutos regresó , ahí me tuvo chantajeada, me decía que me quedara tranquila que el iba a joder a mi familia, que el tenía dinero y poder que yo olía a formol y que me quedara tranquila hasta el día que me llevara para la casa en Mérida, para que me estabilice con los niños o si yo quería seguir viviendo con el en la Isla de Margarita cuando la mamá regresara los siguientes días, me maltrató diciéndome malas palabras que yo era una perra, que me revolcaba con hombres y que yo era una ramera, esas cosas me las decía delante de mis hijos, mi hija de nueve años le decía que ya no me dijera malas palabras y él le gritó cállese maldita negra, usted es una bastarda, yo me metí a defender la niña y el me volvió a pegar con la mano abierta por la cabeza y me pegaba por la cara, pero como yo gritaba para que los vecinos llamaran los policías, pero nadie hizo nada y el trató de clamarme y disimuló que nada estaba pasando y puso a los niños a ver comiquitas y me encerró en un cuarto para arreglar los problemas, allí me tenía secuestrada en contra de mi voluntad, en la noche me decía que nos tomáramos fotos que éramos una familia feliz y siempre me decía que tranquila , que aquí no ha pasado nada el otro día yo traté de convencerlo que me dejara ir para donde mi familia y que si no yo iba a cometer una locura de suicidarme para asustarlo, si no me sacaba de ahí entonces el se asustó y se fue para el segundo piso a cambiarse mientras el niño llegaba de la bodega y que me quedara tranquila, cuando el subió al segundo piso yo salí corriendo con el bebé de la casa y empecé a gritar que me bajara las maletas que si no iba a llamar a la policía el bajó las maletas y los niños y le dijo al niño grande, le dijo que buscara el taxi en la esquina para mandarme a San Josecito para donde mi familia, yo me monté en el taxi y el se montó en el taxi porque el iba a ir a comprarle la leche y los pañales, yo le dije que me diera el dinero que yo me iba sola con los niños , el taxista recorrió media cuadra y obstinado del acoso de este señor decidió parar el carro y bajarnos porque si no le pagaba la carrera el taxista nos dejó botados con las maletas y los niños y yo le dije a mi hijo grande que fuera a llamar a la Policía y los carros que pasaban le decía que por favor llamaran la policía y el se asustó y se fue, , cuando regresó el niño no vió ningún policía por allí lo mandé a la bodega de la esquina para que me prestaran un teléfono para llamar a un sitio para que me pagaran la carrera, como el niño no supo hacer la llamada el señor de la bodega me prestó la tarjeta para hacer las llamadas, hice las llamadas y me dijeron que si me pagaban la carrera y una viejita donde venden helados me regaló dinero, porque el señor me estaba cobrando la tarjeta y se la pagué, tomé un taxi y me vine para San Josecito llegué y mi amiga Marbella Corredor y me paga el taxi ese fue el día viernes 20-07-2012 como a las 5:00 horas de la tarde me quedé ahí hasta el día de hoy, el señor Rodrigo me ha estado llamando para chantajearme, que me va a buscar para darme dinero, comprarle las cosas a los niños, por eso vengo a formular la denuncia pero ya no aguanto mas, que hagan justicia perdieron el último año porque el me quitó las tarjetas inteligentes y no tenía como mandarlos y el acosándome todo el tiempo, y hoy 22-07-2012 a las 9:00 horas de la mañana, llegó a la casa de mi amiga, cuando yo estaba durmiendo con los niños, criticando que esa era la vida que yo le daba a los niños, me volvió a pegar por la cabeza y por el cuerpo , yo me fui y busqué a la policía, es todo”.-


DE LA REVISIÓN SOLICITADA

De manera que, visto el escrito presentado por el Defensor Privado, adminiculado a lo establecido en los artículos 81 y 91 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que permite la revisión de las medidas impuestas y la aplicación de una medida menos gravosa, este Tribunal considera procedente MODIFICAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, otorgada en fecha 23 de julio de 2012, por estimar que con una medida menos gravosa, se garantizaría la continuación del proceso y el sometimiento del agresor a los actos de administración de justicia, en consecuencia se amplía el plazo de presentaciones ante el Tribunal a cada cuarenta y cinco (45) días, conservándose el resto de las condiciones impuestas. Y así se decide.

Por las razones anteriormente esgrimidas, En consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: ÚNICO. Revisa la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 23 de julio de 2012, a favor de RODRIGO JOSÉ BARILLAS RINCON, Venezolano, con cédula de identidad N° V.-12.800.210, de 35 años de edad, nacido en fecha 02-08-1977, de profesión moto comerciante, letrado, hijo de Lucinda Rincón (V) y Rodrigo Barillas (V) residenciado calle 6 entre carreras 14 y 15 casa 14-33 la Guacara, San Cristóbal Estado Táchira quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, Y AMENAZA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 43, 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de PILAR CAROLINA CHACON CARRERO, y en consecuencia AMPLÍA EL LAPSO DE PRESENTACIONES CADA CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 y 91 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, se declara CON LUGAR, lo solicitado por la defensa, abogado Jean Fernando Sánchez. Regístrese. Déjese copia para el archivador del Tribunal. Notifíquese a las partes.




ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS










ABG. LUZ MARINA RAMIREZ ORTIZ
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

SRIA
CAUSA PENAL Nº SP21-S-2012-004006.-