REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
202 ° y 153 °

ASUNTO: SP01-S-2012-000054



PARTE OFERENTE: ALBURA RESTAURANT ESTANCIA C. A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MILAGROSANDREU SUAREZ, con Inpreabogado Nro. 67.059.

PARTE OFERIDA: YEINNER CARTAGENA ZAPATA, identificado con la cédula Colombiana nro:1.130.633.836-.
ABOGADO ASISTENTE DEL OFERENTE: ALYSON MARQUEZ PEÑA, inscrito bajo el IPSA N°:60.242.

MOTIVO: OFERTA DE PAGO

En el día hábil de hoy, martes 13 de Noviembre de 2012, siendo las 12:15 p.m., oportunidad otorgada para la celebración a la Audiencia preliminar, se apertura la misma previo anunció de ley, con la comparecencia del trabajador y los abogados de ambas partes anteriormente señalados, dejándose expresa constancia de ello, ante este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; se la concede el derecho de palabra al apoderado del oferente, y después de haber realizado varias explicaciones en cuanto a los cálculos adeudados, expresa: se le ofrece al Ciudadano YEINNER CARTAGENA ZAPATA, que reciba la cantidad de los fondos que serían consignados a su favor, para que puedan compensar el monto total definitivo adeudado por sus prestaciones sociales, se deja constancia que dicha cantidad es de SIETE MIL QUINIENTOS CATORSE BOLIVARES CON VEINTE Y DOS CENTIMOS (Bs. 7.014,22) los cuales serán cancelados en efectivo hoy ante este Tribunal. En ese momento se instó a la parte OFERIDA a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponden al pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; la parte oferida manifiesta que acepta conforme la propuesta realizada por la parte oferente, y de la cual no restaría nada a deber por sus prestaciones sociales y otros conceptos; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente acta y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en actas su último pago. Se levanta la presente Acta, las cuales firman conformes:

LA JUEZ.

Dra. YALENA MORA.

LA PARTE OFERIDA


Abog. ASISTENTE DEL OFERIDO.


PARTE OFERENTE




EL SECRETARIO



EXP.SP01-S-2012-054.