REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio y del Nuevo Régimen del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004380
PARTE ACTORA: CARLA ANDREINA DELGADO COLL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 14.954.385
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: GONZALO ANTONIO DELGADO MATOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.526.
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS TERMOPLEX C.A
REPRESENTANTE ESTATUTARIA DE LA DEMANDADA: BENIGNA YASMINE CARRASCAL IBAÑEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad V 13.486.747
ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDADA: LUIS RAMN BERMUDEZ RADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 56.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy, veintinueve (29) de noviembre de dos mil doce (2012), siendo las 11:00 am día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana CARLA ANDREINA DELGADO COLL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 14.954.385, asistida por el ciudadano GONZALO ANTONIO DELGADO MATOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.526, por otra parte, es decir, por la demandada INDUSTRIAS TERMOPLEX C.A, comparece la representante estatutaria y administradora de la misma BENIGNA YASMINE CARRASCAL IBAÑEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad V 13.486.747, debidamente asistida por el ciudadano LUIS BERMUDEZ RADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 56, a tales efectos la representación de la demandada consigna documento estatutario
En consecuencia, se da inicio a la audiencia preliminar en el día de hoy exponiendo las partes sus argumentaciones a los fines de llegar a una mediación. A los fines de dar por terminado el presente juicio, la parte actora CARLA ANDREINA DELGADO COLL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 14.954.385, asistida por el ciudadano GONZALO ANTONIO DELGADO MATOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.526, desiste del procedimiento y de la acción en el proceso instaurado en contra de INDUSTRIAS TERMOPLEX C.A.
En consecuencia, el Tribunal Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio y del Nuevo Régimen del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la declara: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO, en la acción incoada por CARLA ANDREINA DELGADO COLL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 14.954.385, debidamente asistida por el ciudadano GONZALO ANTONIO DELGADO MATOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.526, en contra de la empresa mercantil INDUSTRIAS TERMOPLEX C.A, a tenor de lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. .Así se declara.
No hay condenatoria en costas por acuerdo de las partes.
Se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente.

FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ


PARTE DEMANDANTE


ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE


EMPRESA DEMANDADA


ABOGADO ASISTENTE DE LA DEMANDADA


EL SECRETARIO
Yorman García Martínez