REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL UNO

San Cristóbal, 21 de Noviembre de 2012
AÑOS : 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SJ22-P-2009-000454
ASUNTO : SJ22-P-2009-000454

Este Tribunal, en aras de la continuación del proceso, a los fines de resolver sobre la situación jurídica de los ciudadanos NELSON RAFAEL MURILLO SANDOVAL, observa:

DE LOS HECHOS

Vistas y revisadas cada una de las actuaciones de la mencionada causa, este Tribunal pudo constatar que, en fecha 24 de agosto de 2012, la Fiscal Décimo presento escrito de acusación, para el mencionado ciudadano: NELSON RAFAEL MURILLO SANDOVAL, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Derogada Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

En fecha 29 de Agosto de 2012, se libro Boleta de Notificación, para la celebración de la Audiencia fijada para el día 21 de Septiembre de 2012.

En fecha 21 de Septiembre este Tribunal no dio despacho, por lo que, posteriormente en fecha 24 de Septiembre de 2012, se difirió audiencia para el 17 de Octubre de 2012.

En reiteradas oportunidades se difirió la Audiencia Preliminar, no siendo efectiva la comparecencia del imputado de autos.

En esa misma fecha se agregaron las resultas de las boletas de notificación, mediante el cual siendo suscritas al dorso de las mismas por funcionarios de alguacilazgo en la que señalan, que no fueron efectivas las mismas.

En vista de los reiterados diferimiento por incomparecencia del imputado, el Tribunal ordena se emita la orden de captura a los imputados: NELSON RAFAEL MURILLO SANDOVAL, a quien se le atribuye la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Derogada Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Analizado todo lo planteado, considera éste Juzgador que en aras de garantizar la continuación del proceso, siendo menester celebrar la audiencia Especial establecida en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual ha sido imposible ante la incomparecencia del imputado, pese a tener pleno conocimiento de la causa seguida en su contra y encontrándose plenamente satisfechos los extremos establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, lo procedente en este caso es DECRETAR PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano HECTOR MANUEL MORA ROA y una vez presente ante el Tribunal, se resolverá sobre su situación jurídica. Y ASÍ SE DECIDE.




DISPOSITIVO

Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:

ÚNICO: DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos NELSON RAFAEL MURILLO SANDOVAL, de nacionalidad venezolana, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 18.880.141, residenciado en las Terrazas, calle principal, casa S/N, sin frisar al lado de una bodega, bajando a mano izquierda, Barrio Genaro Méndez, San Cristóbal, estado Táchira; por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Derogada Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Líbrense la correspondiente Orden de Aprehensión al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Regístrese y déjese copia en el archivo del Tribunal.




ABG. MIKE ANDREWS OMAR PARADA AMAYA
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



YESENIA CASTILLO SANCHEZ
SECRETARIA
CAUSA: SJ22-P-2009-000454