JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 22 de noviembre de 2012.

202° y 153°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO espontáneo, realizado en acta de fecha 19/11/2012, entre los ciudadanos: KARELIX NIRETH ARENAS LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.379.991, domiciliada en El Valle, Sector El Descanso, Vereda Los Vivas, Casa S/N, Municipio Independencia del Estado Táchira y ROLBIN JOSÉ OSORIO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.565.822, domiciliado en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira; por OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor del niño ________________________; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrese boleta.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 10:00 a.m., quedó registrada bajo el Nº 262, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal.


Abg. Lidia Consuelo Mendoza / Secretaria Temporal
Exp. Nº 2303-2012
BYVM/sr
Va sin enmienda.