REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, Viernes (09) de noviembre de dos mil doce
202° y 153°
EXP. Nº 14.662.-

S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Demandante: ALVARO ALVAREZ CACERES, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-9.358.982, con residencia en Guarumito, Municipio Ayacucho, del Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de su hijo XX.
Demandada: TRINA PATRICIA NIÑO GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-28.233.140, quien reside en Guarumito, Municipio Ayacucho, del Estado Táchira.
Motivo de la causa: Ofrecimiento de Obligación de Manutención.

DE LA DEMANDA
En fecha miércoles (31) de noviembre de 2012, comparecieron espontáneamente por ante este Juzgado los ciudadanos ALVARO ALVAREZ CACERES Y TRINA PATRICIA NIÑO GOMEZ, y celebraron un acuerdo por concepto de obligación de manutención en beneficio del niño XX, en consecuencia, este Juzgado lo inventaría en el libro L-16 bajo el Nº14.662, el cual textualmente establece lo siguiente: Siendo las dos y diez minutos de la tarde del día de hoy, martes seis de noviembre de dos mil doce, comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos ALVARO ALVAREZ CACERES y TRINA PATRICIA NIÑO GOMEZ, y celebraron un acuerdo por concepto de obligación de manutención a favor del niño JHOAN ALEJANDRO, hecho lo cual expusieron sus argumentos y llegaron al siguiente acuerdo: PRIMERO: El ciudadano ALVARO ALVAREZ CACERES propone entregar la cantidad de Bs. 500,oo mensuales, a partir del mes de NOVIEMBRE de 2012, los cuales depositara en la cuenta de ahorro que se ordena aperturar en el Banco Bicentenario. SEGUNDO: El prenombrado ciudadano se compromete en cubrir el 100% de gastos correspondientes a la época escolar y de navidad para su hijo. Asimismo, los gastos de asistencia y atención médica y demás que surjan en beneficio de su hijo. TERCERO: La ciudadana TRINA PATRICIA NIÑO GOMEZ manifiesta en este acto que acepta en todas sus partes el ofrecimiento hecho por el padre de su hijo. CUARTO: Ambas padres solicitan al Tribunal que se homologue el presente CONVENIMIENTO y se cumplan las demás disposiciones legales. Terminado los puntos del presente convenimiento, se le dio lectura del acta a las partes, quienes estando conformes firman.
El Juez Provisorio,

Abg. Ángel Alberto Otero Eslava

La Secretaria

Abg. Thais K. González S.
AAOE/TKGS/wh.-