REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
202º y 153º


PARTE SOLICITANTE: DANIEL ERNESTO GORDILLO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.997.074, de este domicilio y hábil.

Apoderado Judicial: SIMON RODRIGUEZ OCHOA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 74.408 de este domicilio y hábil.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

SOLICITUD: 1916
CAPITULO I

Como consta en la Oficina de Registro Civil Principal del Estado Táchira, certificada por la Registradora Civil Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Abg. Carmen Adela Molina de Borrero, que ha sido confrontada con su original, la cual reposa en dicha oficina de segundo (2do) folio, que es fiel y exacta de su original la Partida de Nacimiento N° 251 del año 1953, suscrita por Ambrosio Hevia Chacon, Primera Autoridad Civil del Municipio Córdoba, del Distrito San Cristóbal, Estado Táchira, donde se cometieron dos (02) errores materiales: EL PRIMERO: Al señalar en dicha Partida de Nacimiento el nombre de mi Madre: ANA MERCEDES, cuando lo correcto es MARIA MERCEDES y SEGUNDO: Así como se cometió otro error en el nombre de mi Padre: DANIEL ERNESTO, cuando lo correcto es NESTOR DANIEL.

CAPITULO II
PRUEBAS DOCUMENTALES

Solicitó rectificar el acta de Nacimiento Nº 251 del año 1953 inserta por ante el Registro Civil del Municipio Córdoba, Estado Táchira, a los fines de que sea subsanado el nombre de su madre y padre, para fines de ley.
Fundamentó la presente solicitud en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil Vigente y Código de Procedimiento Civil Vigente Articulo 768 y previo transito de Ley.
Por ultimo solicitó que se oficie al Registro Civil del Municipio Córdoba y al Registro Principal del Estado Táchira, para estampar una nota marginal (aclaratoria) en la Partida de Nacimiento N° 251 del año 1953.
Ahora bien, de las actas del presente expediente se observan las siguientes actuaciones procesales:
Copia de la Partida de Nacimiento N° 251 del año 1953 expedida por Registro Principal del Estado Táchira. ( f- 05)
-Copia fotostática de la cedula de identidad, signada con la letra “B”, expedida por la oficina Nacional de identificación y Extranjería (ONIDEX), hoy en día denominada (SAIME), adscrita al Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, de fecha de expedición 20-04-1995. (Folio 07)
- Copia Fotostática de la cedula de identidad de la madre signada con la letra “C”, expedida por la oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), hoy en día denominada (SAIME), adscrita al Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, de fecha de expedición 17-09-1987. (Folio 09).
- Copia Fotostática de la cedula de identidad del padre signada con la letra “D”, expedida por la oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), hoy en día denominada (SAIME), adscrita al Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, de fecha de expedición 04-12-1972. (Folio 10)
-Original de la partida de nacimiento de la madre Nº 425 del año 1913, signada con la letra “E” suscrita por José del Carmen Useche, Primera Autoridad Civil del Municipio Córdoba, (antes )Distrito San Cristóbal, Estado Táchira, con fecha de nacimiento 30-12-1913 perteneciente a María Mercedes. (Folio 11)
-Original del acta de Defunción de la madre N° 31, signada con la letra “F”, suscrita por María Antonia Díaz Gómez, Prefecto Encargado del Municipio Torbes, Estado Táchira con fecha 03-05-2004 perteneciente a la De Cujus María Mercedes Méndez De Gordillo (Folio 12).
-Original de la partida de Nacimiento el De cujus Néstor Daniel padre del solicitante, N° 78, signada con la letra “G”, suscrita por Teofilo Miguel Vivas, Prefecto Civil del Municipio Tariba, Distrito Cárdenas, con fecha 28-02-1912. (Folio 13).
-Original del acta de Defunción de padre del solicitante ante identificado N° 65, signada con la letra “H”, suscrita por Félix Rolando Arias Vivas, Primera Autoridad Civil del Municipio Córdoba, Estado Táchira con fecha 29-11-2000 y expedida por la Registradora Civil Municipal Abogada Heiling C. Varela García del Municipio Córdoba, Estado Táchira, con fecha 05-12-2006 (Folio 14).
- Original de los Datos Filiatorios del padre NESTOR DANIEL GORDILLO SANCHEZ, signada con la letra “I”, suscrito por el Sr. IVAN DARIO ROSALES, jefe de la Oficina San Cristóbal, Estado Táchira, adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia (ONIDEX), hoy en día denominada (SAIME), con el N° 2.500 de fecha 29 de Junio de 2010. (Folio 15).
- Original de los Datos Filiatorios de la madre MARIA MERCEDES MENDEZ JAIMES DE GORDILLO, signada con la letra “J”, suscrito por el Sr. IVAN DARIO ROSALES, jefe de la Oficina San Cristóbal, Estado Táchira, adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia (ONIDEX), hoy en día denominada (SAIME), con el N° 2.501 de fecha 29 de Junio de 2010. (Folio 16).
En fecha 23 de Septiembre de 2010, este Tribunal se dio entrada a la presente solicitud, procedente del juzgado 1º de los Municipios San Cristóbal y Torbes Estado Táchira por declinatoria de competencia (Folio 23)
En fecha 03 de Noviembre de 2010, se admitió la presente solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición legal, se acordó la publicación de un Cartel de conformidad con lo pautado en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, así como la notificación del Fiscal del Ministerio Público. En la misma fecha se libró lo acordado (Folio 24).
En fecha 09 de Noviembre de 2010, el alguacil consignó boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público. (Folio.27)
En fecha 24 de Mayo de 2011, el Fiscal Auxiliar Décimo Quinto del Ministerio Publico del Estado Táchira, manifestando que se hace indispensable la publicación del Cartel de conformidad con el articulo 770 del Código de Procedimiento Civil. (Folio 29).
En fecha 26 de Mayo de 2011, se insto mediante auto a la parte solicitante para que de cumplimiento a la publicación del cartel de conformidad con el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil.
Por diligencia de fecha 16 de Noviembre de 2012, la parte solicitante, consignó el cartel librado en auto. (Folio 31)
En fecha 16 de Noviembre de 2012, la parte solicitante el ciudadano: DANIEL ERNESTO GORDILLO MENDEZ, mediante diligencia, confiere poder al Abogado SIMON RODRIGUEZ OCHOA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 74.408. (Folio 33).
En auto de fecha 19 de Noviembre de 2012, el Juez Temporal se Aboca al conocimiento de la presente causa. (Folio 34).
En auto de fecha 21 de Noviembre de 2012, se agregó el cartel ordenado en autos. Diario El Nacional de facha 30 de Agosto 2012. (Folio 35).

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

El artículo 773 del Código de Procedimiento Civil establece:

“En los casos de errores materiales cometidos en las actas de Registro Civil, tales como cambio de letras, palabras, palabras mal escritas o escritas con errores ortográficos, trascripción errónea de apellidos, traducciones de nombre y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por los medios de pruebas admisibles y el Juez con conocimiento de la causa resolverá lo que considere conveniente”

Cumplidas las formalidades legales, con la documentación ya relacionada, esta demostrado que en la partida de nacimiento número 251, de fecha veintitrés (23 ) de mayo de mil novecientos cincuenta y tres (1953), inserta por ante el Registro Civil del Municipio Córdoba y por ante el Registro Principal del Estado Táchira, correspondiente al ciudadano: DANIEL ERNESTO GORDILLO MENDEZ, incurrieron en el error de transcribir por ante el Registro Civil del Municipio Córdoba del Estado Táchira, los nombres de los padres: que por error aparecen identificados como: “ DANIEL ERNESTO y ANA MERCEDES ” siendo lo correcto “ NESTOR DANIEL y MARIA MERCEDES ” rectificase dicho error, en tal virtud, esta acción es procedente y, así se declara.
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 251, de fecha 23 de Mayo de 1953, inserta por ante el Registro Civil Del Municipio Córdoba y por ante el Registro Principal del Estado Táchira. Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Córdoba del Estado Táchira y Registro Principal del Estado Táchira, y ofíciese lo conducente a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal, en la partida de nacimiento objeto de la presente solicitud, de conformidad con el artículo 502 del Código Civil en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, así como del artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.

Publíquese, regístrese y expídase copia certificada una vez quede firme la presente decisión. Ofíciese lo conducente a los registros respectivos. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.






Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación. Santa Ana, Veintisiete (27) de Noviembre del año dos mil doce (2012).-



ABG. HUMBERTO RANGEL JOLLEY
EL JUEZ TEMPORAL





ABG. JESUS A. LANDINEZ N.
EL SECRETARIO






En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley y se dejó copia certificada en el archivo del Tribunal.