JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis (06) de noviembre de dos mil doce.

AÑOS: 202 y 153°
Vista la diligencia de fecha dos (02) de noviembre del año en curso, suscrita por la parte demandada, ciudadano ABRAHAN JOSE CARMONA CAICEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-12.232.171, asistido por la abogada en ejercicio ANA MERY CHAVEZ MORENO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.884.004, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 162.917; donde Reconoce el Contenido y Firma del Documento Privado, de fecha 19 de enero de 2012; que riela en el folio cuatro (04), asimismo renuncia al lapso otorgado en el auto de emplazamiento para el Reconocimiento del mismo; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho y por cuánto el mismo equivale a un Convenimiento de la demanda, en razón de lo cual, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.



Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal



Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 3.579, siendo las once y cero minutos de la mañana (11:00 a.m.). se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario







Expediente N° 13.501-12.
Heidy.