JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintisiete (27) de noviembre de dos mil doce.

AÑOS: 202° y 153°
Vista la diligencia presentada de fecha treinta y uno (31) de octubre de 2.012, por la parte demandada, ciudadano JOSE ELEAZAR BRICEÑO ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.756.223, domiciliado en la Parroquia de la Mesa de Esnujaque, Municipio Urdaneta del Estado Trujillo, quien actúa en representación con el carácter de Presidente, de la Sociedad Mercantil “AGRICOLA EL TOTUMO C.A., asistido por los abogados en ejercicio FRANKLIN DE JESUS CORREDOR AMAYA Y MARYA HERNANDEZ CORREDOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.324.270 y V-10.401.597 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 169.704 y 69.575 respectivamente, mediante la cual conviene en todas y cada uno de las partes del libelo de demanda, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.


ABG. ANA LOLA SIERRA
LA JUEZA TEMPORAL


ABG. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
EL SECRETARIO

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las once y cero minutos de la mañana (11:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 3637; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


ABG. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
EL SECRETARIO




Exp. 13.491-12
Heidy.