REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
202° y 153°

ASUNTO: SP01-L-2012-000466
PARTE ACTORA: los ciudadanos YESSIKA CORINA GOMEZ ARANGUREN, YERLY MAINETH DURAN BUENO, EDDUAR JOSE GOMEZ MORA y CARLOS ALFONSO PÉREZ RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° V- 17.527.414; V- 18.878.297; V- 20.287.588 y V- 17.811.051 respectivamente
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA LOS CIUDADANOS YESSIKA CORINA GOMEZ ARANGUREN y EDDUAR JOSE GOMEZ MORA: EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.693.127, con Inpreabogado Nro.97.433
PARTE DEMANDADA: la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, representada por el ciudadano ALFONSO SANCHEZ
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: LUZ STELLA GONZÁLEZ y INÉS MARÍA LAREZ MARIN, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-9.770.391 y V-4.505.170 en su orden, con Inpreabogado Nros.62.609 y 61.084 respectivamente.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS

En el día hábil de hoy, veintisiete (27) de noviembre de 2012, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, los ciudadanos YESSIKA CORINA GOMEZ ARANGUREN y EDDUAR JOSE GOMEZ MORA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.527.414 y V- 20.287.588 en su orden, asistidos del abogado EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.693.127, con Inpreabogado Nro.97.433, las coapoderadas de la parte demandada LUZ STELLA PIAZZOLLA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.770.391, con Inpreabogado Nro.62.609, tal como en poder otorgado ante la Notaria Pública Tercera de Mérida, Estado Mérida, en fecha 17 de marzo de 2.009, anotado bajo el Nro.44, tomo 24, que se presenta en original en este acto para su vista y devolución, dejando para ser agregado al expediente copia fotostática debidamente para ser certificada por la secretaria de este Tribunal, e INÉS MARÍA LAREZ MARIN, titular de la cédula de identidad Nro.V-4.505.170, con Inpreabogado Nro.61.084, tal como consta en poder otorgado ante la Notaría Pública Tercera de Mérida, Estado Mérida, en fecha 08 de junio de 2.011, anotado bajo el Nro.32, tomo 50, que se encuentra agregado en los folios 30 al 42 del expediente. Se deja constancia que los demandantes YERLY MAINETH DURAN BUENO y CARLOS ALFONSO PÉREZ RAMÍREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros° V- 18.878.297 y V- 17.811.051 respectivamente, no comparecieron a la realización de la audiencia preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por los demandantes YERLY MAINETH DURAN BUENO y CARLOS ALFONSO PÉREZ RAMÍREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros° V- 18.878.297 y V- 17.811.051 respectivamente, contra la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, representada por el ciudadano ALFONSO SANCHEZ, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, éstas expusieron sus alegatos en defensa de sus pretensiones y presentaron sus pruebas así: 1) La parte demandante presentó escrito de prueba constante de tres (03) folios útiles y 2 anexos, y 2) La parte demandada presentó escrito de prueba constante de veintidós (22) folios útiles y 96 anexos. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, expusieron sus alegatos, y no se pusieron de acuerdo, por lo que se prolongó la audiencia para el día 22 de enero de 2013 a las 2:30 p.m., oportunidad para la cual se acuerda dar un lapso de espera de diez minutos para ambas partes.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,

PARTE ACTORA:
YESSIKA CORINA GOMEZ ARANGUREN

EDDUAR JOSE GOMEZ MORA

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA LOS CIUDADANOS YESSIKA CORINA GOMEZ ARANGUREN y EDDUAR JOSE GOMEZ MORA:
EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO

APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA:
LUZ STELLA GONZÁLEZ

INÉS MARÍA LAREZ MARIN