REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
202° y 153°
ASUNTO: SP01-L-2012-000461
PARTE ACTORA: los ciudadanos WATSON NIREMBERG MEDINA MALDONADO, RICHARD ARTURO GARCÍA HERRERA, LUÍS EDUARDO MONSALVE QUIROGA, JOSÉ ALBERTO CASTELLANOS VERA, ELIUMAR PEDRO GONZÁLEZ CASTILLO, KLINSMANN ANDERSON VASQUEZ SÁNCHEZ, MARÍA VIRGINIA VIVAS SALINAS, JANNET COROMOTO COLMENARES DE ARENAS, RAMÓN FIDEL URIBE MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros° V- 14.873.733; V- 19.599.946; V- 19.134.360; V-19.033.295; V- 15.955.460; V- 19.975.749; V- 16.122.659; V- 5.685.288 y V- 18.393.187, respectivamente
APODERADA DE LA PARTE ACTORA LOS CIUDADANOS WATSON NIREMBERG MEDINA MALDONADO, MARÍA VIRGINIA VIVAS SALINAS y RAMÓN FIDEL URIBE MARTÍNEZ: ADRIANA ISABEL RODRÍGUEZ MONTOYA, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.712.487, con Inpreabogado Nro.97.951
PARTE DEMANDADA: la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, representada por el ciudadano ALFONSO SANCHEZ,
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: LUZ STELLA PIAZZOLLA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.770.391, con Inpreabogado Nro.62.609.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS

En el día hábil de hoy, veintitrés (23) de noviembre de 2012, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la apoderada de la parte demandante ADRIANA ISABEL RODRÍGUEZ MONTOYA, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.712.487, con Inpreabogado Nro.97.951, tal como consta en poderes apud acta de fecha 04 de octubre de 2012, que se encuentran agregados de los folios 19 al 26 del expediente, la apoderada de la parte demandada LUZ STELLA PIAZZOLLA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.770.391, con Inpreabogado Nro.62.609, tal como en poder otorgado ante la Notaria Pública Tercera de Mérida, Estado Mérida, en fecha 17 de marzo de 2.009, anotado bajo el Nro.44, tomo 24, que se presenta en original en este acto para su vista y devolución, dejando para ser agregado al expediente copia fotostática debidamente para ser certificada por la secretaria de este Tribunal. Se deja constancia que los demandantes RICHARD ARTURO GARCÍA HERRERA, LUÍS EDUARDO MONSALVE QUIROGA, JOSÉ ALBERTO CASTELLANOS VERA, ELIUMAR PEDRO GONZÁLEZ CASTILLO, KLINSMANN ANDERSON VASQUEZ SÁNCHEZ, JANNET COROMOTO COLMENARES DE ARENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros° V- 19.599.946; V- 19.134.360; V-19.033.295; V- 15.955.460; V- 19.975.749; V- 5.685.288 respectivamente, no comparecieron a la realización de la audiencia preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por los demandantes RICHARD ARTURO GARCÍA HERRERA, LUÍS EDUARDO MONSALVE QUIROGA, JOSÉ ALBERTO CASTELLANOS VERA, ELIUMAR PEDRO GONZÁLEZ CASTILLO, KLINSMANN ANDERSON VASQUEZ SÁNCHEZ, JANNET COROMOTO COLMENARES DE ARENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros° V- 19.599.946; V- 19.134.360; V-19.033.295; V- 15.955.460; V- 19.975.749; V- 5.685.288 respectivamente, contra la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, representada por el ciudadano ALFONSO SANCHEZ, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, éstas expusieron sus alegatos en defensa de sus pretensiones y presentaron sus pruebas así: 1) La parte demandante presentó escrito de prueba constante de un (01) folio útil sin anexos, y 2) La parte demandada presentó escrito de prueba constante de veinte (20) folios útiles y 91 anexos. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, expusieron sus alegatos, y no se pusieron de acuerdo, por lo que se prolongó la audiencia para el día 22 de enero de 2013 a las 2:30 p.m., oportunidad para la cual se acuerda dar un lapso de espera de diez minutos para ambas partes.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,

APODERADA DE LA PARTE ACTORA LOS CIUDADANOS WATSON NIREMBERG MEDINA MALDONADO, MARÍA VIRGINIA VIVAS SALINAS y RAMÓN FIDEL URIBE MARTÍNEZ:
ADRIANA ISABEL RODRÍGUEZ MONTOYA


APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA:
LUZ STELLA PIAZZOLLA GONZÁLEZ,