REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, diecisiete de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: SP01-L-2009-000688

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE DEMANDANTE: JOSÉ RAUL MARTINEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad n°. V-3.063.937.

PARTE DEMANDADA: PABLO ANTONIO CARRILLO ACEVEDO, titular de la cedula de ciudadanía nº. C- 13.445.951.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar la presente causa se realizó en fecha 18 de Marzo de 2010, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 18 de Marzo de 2010, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano JOSÉ RAUL MARTINEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad n°. V-3.063.937., contra el ciudadano PABLO ANTONIO CARRILLO ACEVEDO, titular de la cedula de ciudadanía nº. C- 13.445.951. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil once (2012).
La Jueza,


ABG. ANA MERCEDES MORA


La Secretaria,

AMM/rdos.