REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
San Cristóbal, diecisiete (17) de mayo de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO N° SP01-L-2009-000518

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: Gabriel de Jesús Galvis, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V.- 18.790.468.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Adriana Isabel Rodríguez Montoya, mayor de edad, titular de la cédula N° V.- 13.712.487, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.951.
PARTE DEMANDADA: Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 02 de febrero de 2010, mediante la cual la ciudadana Juez se aboco al conocimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 02 de febrero de 2010, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano Gabriel de Jesús Galvis, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V.- 18.790.468, contra el Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los diecisiete (17) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012)
La Juez

Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
La Secretaría

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.
AMMR/ft.

Exp. SP01-L-2009-000518