REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, jueves tres de mayo de dos mil doce, siendo las 10:15 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadana: JULMAR ZOHIRA ROJAS SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° V-13.143.161 de profesión abogada inscrita en el inpreabogado bajo el N° 84.245, quien actúa por sus propios derechos y en representación de sus menores hijos; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Estacionamiento del Centro Comercial Paseo La Villa, ubicado en la avenida principal de la Guayana de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada sobre un vehículo de las siguientes características: Marca Yamaha, modelo YB-125, Año 2007, color azul, tipo paseo, placas MCIBB52, serial motor JYM154FMIO7OO6718, serial de chasis LBPKE097470062302, propiedad del ciudadano: JORGE ANDRÉS CANTOR DÍAZ, titular de la C.I. N° V-8.993.324, medida ésta decretada en el JUICIO que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, se sigue CONTRA el ciudadano JORGE ANDRÉS CANTOR, en el expediente N° 60.684 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: JORGE ANDRÉS CANTOR, titular de la C.I. N° V-8.993.324 en su carácter de demandado, la Jueza lo notificó del presente acto y le indico que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal Acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano: JAIME ANTONIO NARANJO, titular de la C.I. N° V-3.996.039 y como Depositario Judicial al ciudadano: JOSÉ DARIO ZAMBRANO CORZO, titular de la C.I. N° V-7.092.473 representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de san Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 06 de marzo de 2007, inserto bajo el N° 61, Tomo 52, de los de autenticaciones llevados por esa Notaria; quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra al Perito designado a los fines de que rinda el informe, quien expuso: “El vehículo motociclista maraca Yamaha, modelo YB 125, serial carrocería LBPKE097470062302, serial motor JYM154FMI07006718, placa AA25265, color azul, la cual se encuentra en buen estado de latonería, tapicería, pintura y cauchos, posee dos espejos retrovisores, se desconoce el funcionamiento mecánico o cualquier daño oculto que puede tener la misma. La avaluó prudencialmente en la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES, (Bs. 13.000,00), es todo” En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la motocicleta descrita en autos, en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de la misma conforme con lo dispuesto en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil; y se le hace entrega de la misma al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:40 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: VALE TODO.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE DEMANDANTE,
ABG. JULMAR ZOHIRA ROJAS SÁNCHEZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
EL NOTIFICADO Y DEMANDADO,
JORGE ANDRÉS CANTOR
EL PERITO AVALUADOR,
JAIME ANTONIO NARANJO
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
JOSÉ DARIO ZAMBRANO CORZO
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO