REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
EXPEDIENTE N° 4415-12
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: LOZADA QUINTERO LISSIE LUYNELLY.
DEMANDADO: GONZALEZ YANEZ JOSE DAVID.
En el día de hoy, veintidós (22) de mayo de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos: LOZADA QUINTERO LISSIE LUYNELLY, titular de la cédula de identidad Nº 23.828.436 y GONZALEZ YANEZ JOSE DAVID, titular de la cédula de identidad Nº 24.039.048, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano GONZALEZ YANEZ JOSE DAVID, quien manifestó: “Ofrezco como obligación de manutención la cantidad de cuatrocientos bolivares (Bs. 400°°) mensuales, cantidad que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal y en el mes de diciembre, a cubrir el 50% de los gastos de la temporada”. Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana LOZADA QUINTERO LISSIE LUYNELLY, la cual manifestó: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestro hijo y me comprometo a aperturar la cuenta en el Banco Bicentenario”. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser cubiertos en igual de condiciones, es decir, 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de mayo de 2012. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

GONZALEZ YANEZ JOSE DAVID

LOZADA QUINTERO LISSIE LUYNELLY

EL SECRETARIO TITULAR

ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ