JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veinticinco de mayo de dos mil doce.
202º y 153º
De las actas procesales que conforman el presente expediente N° 7728, se evidencia que se trata de un juicio de RECONOCIMIETNO DE FIRMA, instaurado por los ciudadanos GUTIERREZ DE LAGUADO ESMIR CONSUELO Y LAGUADO FLORES HERNAN ALFREDO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.145.835 y V-9.237.259, en su orden, asistidos por la abogada Cruz Delina Cordero, contra GUTIERREZ LINDARTE GLADYS COROMOTO Y ESCALANTE VEGA JSOE EDGARDO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.163.273 y V-10.158.669, en su orden; y vista la diligencia de fecha 21 de mayo de 2012, suscrita por la parte demandada, mediante la cual suscribieron un convenimiento y solicitan su homologación (f. 04).
El convenimiento, es una declaración emanada del demandado, en virtud de la cual manifiesta estar total o parcialmente de acuerdo con los hechos señalados por el actor en su libelo y a su vez, acepta en forma integral las consecuencias de la reclamación formulada; es un acto netamente procesal. El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, expresa que:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por la parte demandada GLADYS COROMOTO GUTIERREZ LINDARTE Y JOSE EDGARDO ESCALANTE VEGA, asistidos por la abogada María Barón de Ramos, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se acuerda:
Expedir copia certificada de todas las actuaciones de este expediente.
Dar por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,


Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Anaminta Peñaloza Espinoza

En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 291
Marilú