REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

202° y 153°

Visto el contenido del escrito presentado en fecha 15/05/2012, suscrito por el abogado EMILIO ANTONIO ABUNASSAR BESTENE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 24.468, por medio del cual consigna copia certificada de la transacción celebrada entre las partes ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y homologada por ese Tribunal, en fecha 17/05/2012 y solicita se homologue por ante este Despacho la referida transacción, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil doce. (28/05/2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.


Abg.M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ

Abg. DAYANA MARTINEZ BAUTISTA
SECRETARIA TEMPORAL

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:21 a.m., quedando registrada bajo el N° 173 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. DAYANA MARTINEZ BAUTISTA
SECRETARIA TEMPORAL