REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.


Visto el contenido del acta anterior, contentiva del ACTO CONCILIATORIO celebrado en esta misma fecha y convocado por este Tribunal en autos, mediante el cual los ciudadanos CHIRLE VIVIANE GOMEZ MOJICA, titular de la cédula de identidad N° V-14.418.380, parte demandante, asistida por el abogado ADIB BEIRUTI BRACHO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 152.061, y la ciudadana ANA BETTY CARRERO CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-5.678.146, parte demandada, asistido por el abogado DOMINGO ANTONIO ORTEGA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 18.631, llegaron a una TRANSACCIÓN y por cuanto se observa que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse las copias certificadas del convenimiento y de la presente homologación que soliciten las partes, para la elaboración del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano Alguacil de este Tribunal.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los 24 días del mes de mayo del 2012. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.


Abg. M. Sc. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal









Abg. DAYANA MARTÍNEZ BAUTISTA
Secretaria Temporal

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 166 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. DAYANA MARTÍNEZ BAUTISTA
Secretaria Temporal


Exp. N° 6540-2012
Rogelio G.