REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 10 de mayo de 2011.

201º y 152º
Visto el CONVENIMIENTO presentado en fecha 14 de marzo de 2012 (F. 107 y vuelto), por el ciudadano JAIRO MANUEL ESCALANTE DIAZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.656.435, en su condición de demandado en la presente causa, asistido por la abogado IRAIDA CONCEPCION HERRERA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 159.218, mediante el cual manifiesta que entrega en DACIÓN DE PAGO a la parte demandante Sociedad Mercantil BANCO SOFITASA BANCO UNIVERSAL C.A., Seiscientas Diez (610) Acciones signadas con el N° 29, que le pertenecen y que están suscritas en la Sociedad Mercantil “Expresos Mérida C.A”, inscrita en el Registro Mercantil que llevo el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y del Trabajo del Estado Táchira, en fecha 23 de noviembre de 1971, bajo el N° 161. Dichas acciones se encuentras inscritas en el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 66, tomo 13-A, de fecha 15 de junio de 1993; visto igualmente el escrito de fecha 26 de abril de 2012, presentado por el abogado JOSE ELIAS DURAN TOLOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.141, actuando con el carácter de Apoderado de la parte demandante, mediante el cual consigna autorización emitida en fecha 26 de marzo de 2012, por su representada, y de la misma se desprende la ACEPTACIÓN que hace a la DACIÓN EN PAGO hecha por el demandado, solicitando se deje constancia que: “…esta dación no cubre la cantidad total adeudada al Banco por lo que se debe dejar a salvo los derechos del banco para ejercer las acciones orientadas al pago total de la acreencia”; en consecuencia, el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL CONVENIMIENTO y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/mr.-
Exp: 20141
suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: La exactitud de las anteriores copias por ser fiel traslado de sus originales tomadas del expediente Nº 20141-2008, relacionado con el juicio seguido por BANCO SOFITASA BANCO UNIVERSAL C.A., contra el ciudadano JAIRO MANUEL ESCALANTE DIAZ, por COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN.