JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTOBAL, VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL DOCE.-

201° y 153°

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, remítase el presente expediente al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para su distribución y posterior conocimiento de la apelación interpuesta contra la sentencia pronunciada en fecha 29 de marzo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el expediente número 34.624 nomenclatura del Juzgado mencionado, recibido en esta Alzada constante de una pieza de 164 folios; asimismo remítase para su distribución al mencionado Tribunal, copia fotostática certificada del acta de Inhibición declarada en la presente causa, a los fines del pronunciamiento y decisión de la misma.

La Juez titular,


ANA YLDIKÓ CASANOVA ROSALES.-
El Secretario,


Antonio Mazuera Arias.-

En la misma fecha se remitió lo ordenado bajo oficios números 0530-173 y 0530-174.-
Exp. 6910.-
Yuderky.-