REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

San Cristóbal, 07 de Marzo de 2012
201º y 153º
Revisado Como ha sido el presente expediente y vista la audiencia oral de de juicio celebrada en fecha 05 de marzo del 2012, mediante la cual la parte llegaron al siguiente acuerdo: “Solicitamos que se fije la cantidad de Bs. 500,00 por obligación de manutención, y se ordene la apertura de una cuenta por el Tribunal para que sea descontado por nomina dicha cantidad todos los días 25 de cada mes, asimismo se fija la cantidad de Bs. 600,00 del bono vacacional del obligado alimentario solo en el mes de julio para cubrir los gastos de medicamentos del niño, igualmente en el mes de diciembre los padres se comprometen a cubrir cada uno, una fecha el pago de los gastos de la ropa, adicionalmente los padres se compromete a cubrir cada uno, el 50% de los gastos extraordinarios de medicina y recreación…”Es por lo que ésta Jueza N° 1 de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACION. En consecuencia, procédase como en sentencia pasada, en autoridad de Cosa Juzgada. Y ASI SE DECIDE. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Realícese el desglose correspondiente de los documentos originales consignados por las partes, archívese el expediente y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. Cúmplase.

ABG. GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
JUEZ N° 1 DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
ABG. SALLY GUERRERO
SECRETARIA

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 01:30 p.m., se dejó copia certificada para el archivo del tribunal y se archivó el expediente.-

La Secretaria
GJRP/SG/nerza
Exp. N° 4688







EXPEDIENTE N°: 4688



MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN




DEMANDANTE: YORLEY MARELY CASIQUE SUESCUN


DEMANDADO: WILLIAN A. CACERES R.



FECHA: 07 de MARZO DE 2012.




SENTENCIA N° .-


ABG. GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
JUEZ N° 1 DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y REGIMÉN PROCESAL TRANSITORIO


INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
“HOMOLOGADO CONVENIMIENTO”



EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA ANTERIOR COPIA POR SER FIEL TRASLADO DE SU ORIGINAL INSERTO EN EL EXPEDIENTE N° 4688 .SAN CRISTÓBAL, 07 DE MARZO DEL 2012.




ABG. SALLY GUERRERO
SECRETARIA