REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 15 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-001733
ASUNTO : SP11-P-2011-001733
RESOLUCION POR SOLICITUD DE AMPLIACION DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por la abogado WENDY MIRLAY PRATO CABALLERO, en representación del ciudadanoYORMAN FLAMINIO GUTIERREZ SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolano, Natural de Delicias Municipio Rafael Urdaneta, nacido en fecha 07 de mayo 1983, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de Valentina Sánchez (V) y Silverio Gutiérrez (V), Portador de cédula de identidad C .I- 16.420.739, y residenciado en la vía principal las delicias, casa sin número, aldea palma y oso, punto de referencia la curva del oso, Delicias, Estado Táchira, teléfono 02768895018 ( Papa Silverio Gutiérrez), 04247289876 ( hermano Richard Gutiérrez), Por medio del cual solicita la Tribunal se le amplíen sus presentaciones, como consta en escrito por medio del cual realizan la solicitud, en virtud de que se esta presentando cada 30 días , por razones de trabajo:

Este Tribunal Tercero en funciones de Control, para decidir observa:
En fecha 12-07-2011, se procede a realizar audiencia de calificación de flagrancia decretándose lo siguiente:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano YORMAN FLAMINIO GUTIERREZ SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolano, Natural de Delicias Municipio Rafael Urdaneta, nacido en fecha 07 de mayo 1983, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de Valentina Sánchez (V) y Silverio Gutiérrez (V), Portador de cédula de identidad C .I- 16.420.739, y residenciado en la vía principal las delicias, casa sin número, aldea palma y oso, punto de referencia la curva del oso, Delicias, Estado Táchira, teléfono 02768895018 ( Papa Silverio Gutiérrez), 04247289876 ( hermano Richard Gutiérrez), en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Carolina del Carmen López Ortíz, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ordenándose la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía actuante del Ministerio Público, vencido que sea el lapso de ley correspondiente.
TERCERO: SE IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, al ciudadano YORMAN FLAMINIO GUTIERREZ SÁNCHEZ, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Carolina del Carmen López Ortíz, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el imputado cumplir con las siguientes condiciones: 1) Presentarse una vez cada TREINRTA (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de Esta Extensión del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. 2) Prohibición de agredir física, verbal o psicológicamente a la víctima, 3) No incurrir en hechos de carácter penal, 4) Presentarse a todos los actos del proceso, 5) Salir del domicilio en común, 6) Presentar un fiador con ingresos igual o superiores a 30 unidades tributarias.


Ahora bien, las solicitantes manifiestan en su escrito que requiere en fundamento al artículo 264 de la norma penal adjetiva se amplíen sus presentaciones las cuales son cada treinta (30) días, y en virtud de que se verifica a través del Sistema Iuris, así como por medio del libro de presentaciones que el ciudadano YORMAN FLAMINIO GUTIERREZ SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolano, Natural de Delicias Municipio Rafael Urdaneta, nacido en fecha 07 de mayo 1983, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de Valentina Sánchez (V) y Silverio Gutiérrez (V), Portador de cédula de identidad C .I- 16.420.739, y residenciado en la vía principal las delicias, casa sin número, aldea palma y oso, punto de referencia la curva del oso, Delicias, Estado Táchira, teléfono 02768895018 ( Papa Silverio Gutiérrez), 04247289876 ( hermano Richard Gutiérrez), en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Carolina del Carmen López Ortíz, plenamente identificado, Se decreta la AMPLIACION DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES, en virtud de que ha cumplido cabalmente con el régimen de presentaciones, las cuales fueron impuestas en cada TREINTA (30) días se amplían a cada SESENTA (60) días ante el Tribunal, haciéndose la observación que el resto de las condiciones impuestas se mantienen en su cumplimiento al ciudadano imputado de autos, ello en fundamento en el artículo 264 del código Orgánico Procesal Penal, así como los artículo 26, 49, 51 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela. Así se decide.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO TRES, DE LA EXTENSION JUDICIAL DE SANA ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
UNICO: Se decreta la AMPLIACION DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES, impuestas al ciudadano: YORMAN FLAMINIO GUTIERREZ SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolano, Natural de Delicias Municipio Rafael Urdaneta, nacido en fecha 07 de mayo 1983, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de Valentina Sánchez (V) y Silverio Gutiérrez (V), Portador de cédula de identidad C .I- 16.420.739, y residenciado en la vía principal las delicias, casa sin número, aldea palma y oso, punto de referencia la curva del oso, Delicias, Estado Táchira, teléfono 02768895018 ( Papa Silverio Gutiérrez), 04247289876 ( hermano Richard Gutiérrez), en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Carolina del Carmen López Ortíz, impuestas el 12-07-2011, de cada treinta (30) días a cada sesenta (60) días ante el Tribunal, haciéndose la observación que el resto de las condiciones impuestas se mantienen en su cumplimiento a la ciudadana imputada de autos, ello en fundamento en el artículo 264 del código Orgánico Procesal Penal, así como los artículo 26, 49, 51 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela. Notifíquese. Déjese copia para archivo del Tribunal. Cúmplase lo ordenado.-


ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL


ABG. DILY MARIE GARCIA ROJAS
SECRETARIA