JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 15 de marzo de 2012.
201º y 152º
Por recibido Oficio 20-F15-0079-12, de fecha 10 de febrero de 2012, procedente de la Fiscalía Decimoquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; donde se encuentra original del acta de la fijación de la Obligación de Manutención de fecha 09/02/2012, suscrita por los ciudadanos: ARELIS ESPERANZA BARAJAS PALENCIA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.227.007, domiciliada en el Sector Pan de Azúcar, Vía Rubio, Kilómetro 3,casa sin numero Municipio Independencia del Estado Táchira; HARBEY CORDOBA GUIRZADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.567.921, con domicilio en el Sector Mata de Guauda, Vía el Valle, calle Don Jesús, casa sin numero Municipio Independencia del Estado Táchira. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor del niño …, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACION dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos ARELIS ESPERANZA BARAJAS PALENCIA Y HARBEY CORDOBA GUIRZADO, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal XV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº ______/2012, se notificó al Fiscal XV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se publicó siendo las ___________ del día 15 de marzo de 2012, quedando registrada bajo el Nº _________.

Abg. Maurima Molina / Secretaria
BYVM/myrh.