REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 4345-12

ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: DEISY HORTENSIA BAUTISTA PEÑA.

DEMANDANTE: JHON ALBERTO TARAZONA.

En el día de hoy, veintinueve (29) de Marzo de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadanos DEISY HORTENSIA BAUTISTA PEÑA, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.106.555, en su carácter de abuela materna y JHON ALBERTO TARAZONA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.086.400, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano JHON ALBERTO TARAZONA, quien manifestó: “Que ofrece como obligación de manutención mensual para mi hija la cantidad de cuatrocientos bolivares (Bs. 400°°) mensuales y cubrir el 50% de los gastos de la temporada navideña”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana DEISY HORTENSIA BAUTISTA PEÑA, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con lo ofrecido por el ciudadano JHON ALBERTO TARAZONA” Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, 50% por cada uno de los progenitores. Es todo. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ACUERDA HOMOLOGAR DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULIO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de abril de 2012. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JHON ALBERTO TARAZONA

DEISY HORTENSIA BAUTISTA PEÑA


EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ.