REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 05 de Marzo de 2012.
201° y 153°
Por recibido solicitud constante todo de (19) folios útiles, désele entrada en los Libros respectivos, fórmese expediente inventaríese, háganse las anotaciones estadísticas y el curso de ley. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud y tramítese por la vía civil por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.
En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos: NANCY MIREYA BUITRAGO DE CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.645.377 y LIGGET ANDREINA CHACON DE CONTRERAS, ANDRES MANUEL CHACON BUITRAGO y LISBETH ADRIANA CHACON BUITRAGO hábiles, portadores de las cedulas de identidad Nros. V-14.503.057, V-21.420.355 y V-21.420.356, EL CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus: JESUS MANUEL CHACON VIVAS, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.672.456, fallecido el 15 de Abril del 2011 en Las Vegas de Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en su carácter de ex cónyuge y padre de los ciudadanos antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez titular Abg. Luisa Medina. La Secretaria fdo. Abg. Anny Ortiz. Esta el sello del Tribunal. La suscrita secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5487-2012 de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 05-03-2012.
LA SECRETARIA,

ABG. ANNY ORTIZ
FR.-