REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, cinco de Marzo de 2012.
201° y 152°
Vista la solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la Ciudadana LIBIA JANETH CARDENAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.150.468, asistida por el abogado MIGUEL ENRIQUE SANDOVAL SOLANO, inscrito en el IPSA bajo el N° 165.608 y oídas las declaraciones de los Ciudadanos: HAYDEE CELINA COLMENARES OSORIO Y RINCON BELKYS CONSUELO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad V-10173.155 y V-11.500.287 y hábiles, ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud, los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos: NERSA XIOMARA CARDENAS RUIZ, PABLO EMILIO CARDENAS CONTRERAS, LIBIA JANETH CARDENAS CONTRERAS, ZULEY COROMOTO CARDENAS CONTRERAS, MARIA LILIANA CARDENAS CONTRERAS, JOSE ALEJANDRO CARDENAS CONTRERAS Y BARBARA JOSEFA CARDENAS CONTRERAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°, V-7.193.615, V-10.150.467, V-10.150.468, V-12.631.128, V-12.631.130, V-15.503.938 y V-15.503.939 y hábiles, respectivamente, el CARÁCTER DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del decujus: PABLO EMILIO CARDENAS RAMIREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.551.093, fallecido el 02 de Noviembre del 2011, en el HOSPITAL GENERAL DE TARIBA, MUNICIPIO CARDENAS ESTADO TACHIRA, en su carácter de padre de los ciudadanos antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. La Juez títular fdo. Abg. Luisa Medina. La Secretaria fdo. Abg. Anny Ortiz. Esta el sello del Tribunal.
La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5451-2012 de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 05-03-2012.
LA SECRETARIA,

GR ABG. ANNY ORTIZ