REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio.
201° y 153°
En fecha 16 de marzo de 2.012, es presentado ante este Tribunal, escrito por el cual la ciudadana ANA JASMIN ALVIAREZ DE SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.589.279, asistida por el profesional del derecho Freddy Abel Santos Matute, inscrito ante el Inpreabogado bajo el No.9.995, domiciliados en la ciudad de San Antonio del Táchira; solicita que se le declare, tanto a ella, como a sus hermanos MADYA SMIRNA ALVIAREZ DE PACHECO; TAHIS BELKIS ALVIAREZ RANGEL (fallecida), representada por sus dos (02) hijas YUSBETH LIOMAR BARRIOS ALVIAREZ y NAYOLY KARINA BARRIOS ALVIAREZ; MALVI MILAGROS DEL VALLE ALVIAREZ DE HERRERA; DAISY GISELA ALVIAREZ RANGEL; JOSE GREGORIO ALVIAREZ RANGEL y JOHN IVANNOZKY ALVIAREZ RANGEL, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-1.584.600; No.V-1.584.599; No.V-10.109.837; No.V-11.959.097; No.V-5.327.030; No.V-5.327.029; No.V-9.134.401 y No.V-8.992.016, en su orden; como Únicos y Universales Herederos, de quien en vida fuere su padre, RODRIGO ALVIAREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-658.617, funcionario público jubilado, quien tenía su domicilio en el barrio Lagunitas, calle 3, casa No.5-33 de la ciudad de San Antonio del Táchira. A su vez solicitó en el mismo escrito, se fije oportunidad para ser evacuado Justificativo de Testigos. Anexó documentos escritos, en 25 folios útiles.
Por auto de fecha 20 de marzo de 2.012, es admitida la solicitud, dándose el curso de Ley correspondiente, se inventarió bajo el No.59-12 y se fijó oportunidad para oír la declaración de testigos, al quinto (5to) día de despacho siguiente.
A su solicitud acompañó los siguientes documentos escritos:
Fotocopia Certificada del Acta de Defunción No.21, Tomo I, Parroquia San Antonio, de fecha 15 de febrero de 2.012, asentada ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de RODRIGO ALVIAREZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad No.V-658.617, casado, funcionario público, fecha de defunción 12 de febrero de 2.012, quien estuviese domiciliado en la calle 3, casa No.5-33, barrio Lagunitas, de la ciudad de San Antonio del Táchira. Certificación expedida por el indicado Despacho Registral, en fecha 25 de febrero de 2.012.
Fotocopia simple del Certificado de Defunción, EV-14, No.023, Instituto Nacional de Estadística (I.N.E) Consejo Nacional Electoral (C.N.E) a nombre de ALVIAREZ RAMIREZ RODRIGO. Suscrito por la ciudadana Registradora Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, en fecha 15 de febrero de 2.012.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.584.600, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de MADYA SMIRNA ALVIAREZ DE PACHECO.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.7, de fecha 07 de enero de 1.953, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de MADYA SMIRNA ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.584.599, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de THAIS BELKIS ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia Certificada de la Partida de Nacimiento No.182, de fecha 18 de marzo de 1.954, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de TAHIS BELKIS ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia certificada del Registro de Defunción 0118, Acta No.366, de fecha 10 de julio de 2.011, expedida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Mérida, Municipio Libertador, Parroquia Domingo Peña, a nombre de TAHIS BELKIS ALVIAREZ RANGEL, fallecida el 10 de julio de 2.011.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-10.109.837, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de YUSBETH LIOMAR BARRIOS ALVIAREZ.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.717, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio, El Llano, Distrito Libertador del estado Mérida, de fecha 10 de marzo de 1.971, a nombre de YUSBETH LIOMAR BARRIOS ALVAREZ.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-11.959.907, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de NAYOLY KARINA BARRIOS ALVIAREZ.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.2.366, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio, El Llano, Distrito Libertador del estado Mérida, de fecha 23 de agosto de 1.974, a nombre de NAYOLY KARINA BARRIOS ALVIAREZ.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-1.589.279, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de ANA JASMIN ALVIAREZ DE SANTOS.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.531, de fecha 23 de julio de 1.958, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de ANA JASMIN ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-5.327.030, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de MALVI MILAGROS DEL VALLE ALVIAREZ DE HERRERA.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.396, de fecha 07 de mayo de 1.960, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de MALVI MILAGROS DEL VALLE ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-5.327.029, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de DAISY GISELA ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia simple de la Partida de Nacimiento No.870, de fecha 23 de septiembre de 1.961, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de DAISY GISELA ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-9.134.401, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de JOSE GREGORIO ALVIAREZ RANGEL.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.965, de fecha 13 de octubre de 1.964, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio Bolívar, del estado Táchira, a nombre de JOSE GREGORIO ALVIAREZ RANGEL.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-8.992.016, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de JOHN IVANNOZKY ALVIAREZ RANGEL.
Copia Certificada de la Partida de Nacimiento No.83, de fecha 20 de enero de 1.970, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de JOHN IVANNOZKY ALVIAREZ RANGEL.
En fecha 27 de marzo de 2.012, siendo la oportunidad fijada, se evacuaron las testimoniales rendidas por los ciudadanos, YENY CAROLINA PARADA MEZA, LUZ MARINA TELLEZ DE GALLEGOS y HELDER ARGENIS SAYAGO COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-13.365.668, No.V-6.230.841 y No.V-11.023.032, respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Antonio del Táchira.
En este orden de ideas, quien decide, analizado como ha sido el escrito de solicitud, junto con los documentos públicos anexos, los cuales son valorados de conformidad con lo que establece el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose como fidedignos, demostrando su contenido, por haber sido expedidos por funcionario facultado para esto; y valoradas las testimoniales rendidas, con base de lo que enseña el Artículo 508 eiusdem, por concordar las deposiciones de estos entre si, y con los demás medios de prueba; en consecuencia, acuerda en conformidad.
Sobre las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos ANA JASMIN ALVIAREZ DE SANTOS, MADYA SMIRNA ALVIAREZ DE PACHECO; MALVI MILAGROS DEL VALLE ALVIAREZ DE HERRERA; DAISY GISELA ALVIAREZ RANGEL; JOSE GREGORIO ALVIAREZ RANGEL; JOHN IVANNOZKY ALVIAREZ RANGEL y YUSBETH LIOMAR BARRIOS ALVIAREZ y NAYOLY KARINA BARRIOS ALVIAREZ, las dos últimas en representación de su fallecida progenitora, TAHIS BELKIS ALVIAREZ RANGEL; venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-1.589.279; No.V-1.584.600; No.V-5.327.030; No.V-5.327.029; No.V-9.134.401; No.V-8.992.016; No.V-10.109.837; No.V-11.959.907 y No.V-1.584.599, respectivamente; EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus RODRIGO ALVIAREZ RAMIREZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-658.617, quien tuviere su último domicilio en la calle 3, casa No.5-33, barrio Lagunitas, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira. Así se declara.
Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; se deja a salvo todo derecho de terceros. Se insta a la solicitante, consignar las copias fotostáticas a los fines de su certificación.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada, para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Antonio del Táchira, a los 30 días del mes de marzo de 2.012. Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía. La Secretaria Titular.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las once de la mañana (11:00 a.m), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.
Sol.No.59-12
PAGP/rmmr