REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
Juez Ponente: Luis Alberto Hernández Contreras.
Visto el escrito suscrito por el ciudadano JUAN ALBERTO MONCADA DIAZ, en su condición de víctima en la causa penal signada con el número SP21-P-2011-1118, consignado ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal en fecha 06 de febrero de 2011, mediante el cual interponen recurso de apelación contra la decisión dictada en fecha 25 de enero de 2011 y publicada in diferido en la misma fecha, por el abogado Héctor Emiro Castillo González, Juez Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, acordó parcialmente con lugar la solicitud fiscal, en cuanto al levantamiento parcial y limitado de la medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre las cuentas personales de la ciudadana Susan Mariana Díaz Chacón, en virtud de lo cual la misma debe presentar previamente una relación circunstanciada y precisa comprobable de aquellas cuentas personales que posee, para que el Tribunal efectivamente pueda librar los oficios respectivos con el fin de materializar la decisión dictada; esta alzada antes de decidir sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto, observa:
El artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, establece:
“Artículo 437.Causales de Inadmisibilidad. La corte de apelaciones, sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:
(Omissis)
b. Cuando el recurso se interponga extemporáneamente.
(Omissis)”
En el caso que nos ocupa, se observa que en fecha 25 de enero de 2012, tuvo lugar la audiencia especial ante el Tribunal Tercero de Control, con la presencia de todas las partes (imputada, víctimas, defensa, fiscal), en la causa penal incoada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, seguida a la ciudadana Susan Mariana Díaz Chacón, por la presunta comisión del delito de Estafa Inmobiliaria y Asociación para Delinquir. En esa etapa procesal, luego de la exposición de los alegatos tanto de la representación fiscal, como de las víctimas, la acusada y la defensa, el Juez de Primera Instancia en función de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal, procedió a dictar oralmente sólo la parte dispositiva de la decisión donde acordó el levantamiento parcial y limitado de la medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre las cuentas personales e la ciudadana Susan Mariana Díaz Chacón.
En fecha 25 de enero de 2012, fue publicada in extenso la decisión dictada de la audiencia especial realizada en la misma fecha, tal y como consta a los folios 7 al 17 (ambos inclusive) de las actuaciones del cuaderno de apelación, no habiendo interposición de algún recurso en las fechas subsiguientes, todo dentro de lo establecido en el Capítulo II, Título III del Libro Cuarto del Código Orgánico Procesal Penal.
En la misma fecha de la decisión todas las partes (imputada, víctimas, defensa, fiscal), quedaron así notificadas del dispositivo de la decisión.
En fecha 06 de febrero de 2012, el ciudadano Juan Alberto Moncada Díaz, abogado y víctima, presentó ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, escrito contentivo del recurso de apelación.
De lo señalado anteriormente, puede verificarse, que el abogado y víctima Juan Alberto Moncada Díaz, se dio por notificado en fecha 25-01-2012, vale decir, el día que se celebró la audiencia especial, de donde se evidencia que el recurso de apelación fue presentado extemporáneamente (06-02-2012), es decir, al octavo día hábil siguiente, tal y como puede verificarse de la copia certificada de las tablillas de audiencias llevada por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, pues al tratarse de una decisión interlocutoria, los cinco (05) días que concede el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, transcurrieron así: el primero el jueves veintiséis (26) de enero de 2012; el segundo el viernes veintisiete (27) de enero de 2012; el tercero el lunes treinta (30) de enero de 2012; el cuarto el martes treinta y uno (31) de enero de 2012; y el quinto el miércoles primero (01) de febrero de 2012.
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Juan Alberto Moncada Díaz, abogado en ejercicio y en su carácter de víctima en la causa penal signada con el número 3C-SP21-2011-001118, conforme al artículo 437, literal “b” del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. En la ciudad de San Cristóbal, a los siete (07) días del mes de marzo de 2012. Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
Los Jueces y Jueza de la Corte;
Abogado Luis Alberto Hernández Contreras
Presidente - Ponente
Abogada Ladysabel Pérez Ron Abogado Marco Antonio Medina Salas
Jueza de Sala Juez de Sala
Abogada María Nélida Arias Sánchez
Secretaria
En la misma fecha, se cumplió lo ordenado.
María Nélida Arias Sánchez
Secretaria
Aa-4693-2012/LAHC/yraidis.